Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1328

Decreto Nº 1328

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/04/2023

Visto el Pedido de Adquisición Nº 2222 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación servicios técnicos y profesionales de un Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Villa Harding Green; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión, quién deberá realizar visitas a las instituciones del barrio junto a tutores, participación en los encuentros de tutores de todas las sedes, planificación y ejecución de los talleres de reflexión, inscripción de participantes nuevos, participación en reuniones con el equipo técnico, participación en los espacios de reflexión de los jovenes asistentes, planificación y organización de festivales y/o eventos de la sede;

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones consta la declaración de incompetencia, suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;

Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, en base a la documentación que antecede, la que fue oportunamente evaluada; 

Que se realizó el correspondiente proceso de selección según las actuaciones que obran por expediente Nº1298/2023, de la cual surge la Sra. Fanny Edith Maida, D.N.I 22.121.735, quien cumple satisfactoriamente con las tareas asignadas.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

- D E C R E T A -

 

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal del área debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea.

SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Fanny Edith Maida, D.N.I 22.121.735 la prestación de servicios como Operador Barrial para desempeñar tareas en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Villa Harding Green a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de agosto de 2023 y por la suma total de pesos ciento ochenta y siete mil quinientos sesenta y siete con sesenta centavos ($187.567,60), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Envión.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.