Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 764
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 27/03/2023
VISTO el presente expediente por medio del cual el Contador General del Ente Descentralizado Sistema Integrado de Emergencia Prehospitalarias (S.I.Em.Pre.), Sergio Adrián Matoffi, Legajo 31.089, solicitó el pago retroactivo por diferencia de antigüedad y SAC, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución del S.I.Em.Pre. Nº 10/2023 se reconoció el pago de lo reclamado limitado a dos años desde la fecha del reclamo (13/10/22) por una suma líquida de $ 156.794,72.
Que en cumplimiento de los arts. 140 del Reglamento de Contabilidad para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires y 54 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para Municipios Piloto (Decreto 2980/2000, art. 6) la única forma de reconocer deudas de ejercicios anteriores es mediante el dictado de una Ordenanza que así lo declare.
Que la mentada Ordenanza, autorizando al Departamento Ejecutivo a través del S.I.Em.Pre. a liquidar la deuda pertinente, lleva el Nº 21.104, fue sancionada por el HCD el día 09/03/23 y recibida por el Departamento Ejecutivo el día 14/03/23.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
D E C R E T A :
PRIMERO: Promúlguese la Ordenanza referida, acúsese recibo y regístrese bajo el Nº 21.104.
SEGUNDO: Liquídese, conforme surge de la Ordenanza respectiva, a favor del Contador General de Ente, Sergio Adrián Matoffi, Legajo 31.089, en concepto de diferencia por antigüedad y SAC la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA TRES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 188.133,55), debiendo descontarse en concepto de retenciones a cargo del agente por VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 26.338,83) resultando un líquido a percibir por el agente de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 156.794,72)
TERCERO: Cúmplase, dése al R.O., notifíquese tomen nota a sus efectos el Departamento de Compras del S.I.Em.Pre. y demás dependencias que correspondan y hecho, ARCHIVESE.-