Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1016

Resolución Nº 1016

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/04/2023

Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de construcción y/o demolición presentada al Departamento Contralor de Obras Particulares por Gutierrez Lionel, obrante a fojas 2, correspondiente a la Partida Nº 81.643;

CONSIDERANDO:

Que a Fojas 32 el Departamento de Contralor de Obras Particulares informa que no ha ingresado el expediente de construcción sin permiso en la partida 81.643;

Que a fojas 36, la Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano informa que la observación realizada por este departamento al practicar la inspección de linea surgió que se invade el sector de ochava en forma y dimensiones que se muestran en croquis obrante de fojas 38;

Que esa misma dependencia menciona, en dicho informe, que de otorgarse la excepción, el Municipio acepta la ocupación y el recurrente se compromete a regularizar la misma cuando se realicen reformas en el sector, finalice la vida útil del edificio o razones de interés público exijan su adecuación. Así mismo se debería notificar al recurrente y cargar a la partida mencionada el pago por Derechos de Ocupación de la Vía Pública, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente;

Que a Fojas 41 el Recurrente presta conformidad al pago de la multa generada por invasión de la vía pública;  

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 34, que atento las actuaciones cursadas en fojas 36, y de acuerdo a lo normado en el Articulo 36 inc r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente corresponde liquidar a la Partida Nº 81.643 la suma de $2.875 desde la cuota 03/2023 a 12/2023 en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, siendo la misma actualizada anualmente conforme Ordenanzas Impositivas futuras;

Que el Artículo 36 inc r) punto 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, referida a Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, expresa que “...Por la ocupación de la vía pública o espacios declarados de utilidad pública con destino a ochava o ensanche de calle, originada en incorrectos emplazamientos de construcción sobre la línea municipal detectada, o declarada en el Departamento Catastro previa autorización, se abonará por m2 o fracción y por mes o fracción, mientras se mantenga la ocupación, según el siguiente detalle: 1.3 Para los inmuebles ubicados en el resto de las clases: 0.50 módulos(...)Cuando el inmueble este tipificado como edificado comercio, se incrementarán los valores anteriores en un 50%...";

Por ello todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º)- Aplicar a la cuenta corriente de la Partida Nº 81.643, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, de la cuota 03/2023, la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($2.875), actualizándose anualmente conforme Ordenanzas impositivas futuras, atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 2º)-Cumplir, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación, Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano, Departamento Catastro Territorial, Hecho: Archivar.-