Boletines/Campana

Decreto Nº74/23

Decreto Nº 74/23

Campana, 02/02/2023

Expediente Municipal N° 4016-175-2023 Contratación Dr. Lazarte, German Antonio.

Visto

La Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria, suscripto el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; el Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v); Decreto Nacional N° 260/2020, sus modificatorios y normas complementarias; el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); el Expediente Municipal Nº 4016-175-2023; y

Considerando

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del virus SARS-Cov-2 como una pandemia.

Que, consecuentemente se adoptaron diversas medidas necesarias a los fines de la contención del nuevo coronavirus, de evitar el contagio y la propagación en la población;

Que a fs. 2, luce informe circunstanciado de la Secretaría de Salud en la cual se manifiesta la intención de celebrar una nueva contratación con el Dr. LAZARTE GERMAN ANTONIO.

Que a fs.4 la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanente como temporaria personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que a fs. 5/15 luce documentación del profesional.

Que a fs. 16 luce la Solicitud de Alta de Proveedor para el año 2023.

Que el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que a fs. 21 la Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para la erogación en cuestión.

Que a fs. 23 Contaduría Municipal no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que a fs. 24 la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras que formular al respecto.

Que a fs. 25 Dirección de Compras toma conocimiento, sin objeciones respecto de las actuaciones.

Que a fs. 30 la Jefatura de Gabinete toma conocimiento dando continuidad a los actuados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruebase la contratación de los servicios locados del Dr. LAZARTE GERMAN ANTONIO (DNI 22.583.108), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 15 de Enero de 2023 y hasta el 31 de Diciembre del mismo año inclusive, por el monto de PESOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 67.500,00.-) con IVA incluido, por guardia de veinticuatro (24) horas que se realicen de domingo a viernes; de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($75.000,00) con IVA incluido, por guardia de veinticuatro (24) horas que se realice de viernes a domingo; y por guardia de veinticuatro (24) horas que se realice los días feriados por Calendario Nacional la percepción del pago será de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($75.000,00) con IVA incluido. La hora de entrada y de salida será a las 20hs, la prestación del servicio comprende guardias de veinticuatro (24) horas o bien la parte proporcional del tiempo que efectivamente haya prestado el servicio, con un costo total de prestación de servicio de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($1.377.000,00) con IVA INCLUIDO, dicho monto podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes, como la opción de prórroga de contrato.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del Contrato de Locación de Servicios Médicos a suscribirse con del Dr. LAZARTE GERMAN ANTONIO (DNI 22.583.108).-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo primero se tomará de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14.00 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2023.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria, Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-