Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1004

Decreto Nº 1004

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/04/2023

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita la redeterminación definitiva de precios correspondiente al Certificado Adicional N.º 2, de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE” ejecutada por la empresa U.T.E conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A.),. y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vta el Departamento Vialidad eleva a la Secretaria de Infraestructura, el análisis de la  redeterminación definitiva de precios correspondiente al Certificado adicional N.º 2, de la obra mencionada, en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial; se verifica que los valores calculados son correctos y coincidentes con los obtenidos de las planillas realizadas por dicho departamento.

Que la solicitud de la adecuación fue realizada por la empresa dentro de los plazos estipulados.

Que de la revisión de las redeterminaciones de precios presentada por la UTE, surgen diferencias con las realizada por el Departamento Técnico, debido a que la empresa, en el ítem 1 al calcular los materiales no utilizados, aplicó un coeficiente  cuyo valor era erróneo; en el ítem 2 el análisis de precios presentado en la redeterminacion tiene diferencias con el del análisis de precios original, y en el ítem 3 le faltó considerar el transporte.

Se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados del Certificado Adicional actualizado por este Departamento, según decreto 2113/02.

Certificado  Adicional Nº 2: (mes de ejecución: Noviembre 2022) (Se produce una variación de precios superior al 5 % entre los precios unitarios de licitación (Octubre 2019) y los  correspondientes al mes de medición  de los trabajos pertenecientes al Certificado Adicional : Noviembre 2022, por lo cual correspondería actualizar el certificado a los precios redeterminados al mes de Noviembre de 2022.

Monto Redeterminado Definitivo  Certificado Adicional  N° 2:  $18.003.266,30 (Actualizado a Noviembre 2022).

Que a fojas 51 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación en carácter definitivo según Decreto provincial n° 2113/02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones y el Decreto 1505/20. 

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

                                                                   D E C R E T A 

Artículo 1º: Aprúebase la redeterminación definitiva de precios presentada por la U.T.E, conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A.) correspondiente al Certificado Adicional  Nº 2 de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE”, resultando la suma de  PESOS DIOCIOCHO MILLONES TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CON TREINTA CENTAVOS; ($18.003.266,30.-), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-2061-2023.-  

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 140, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.80.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.- 

Artículo 3º: Cúmplase; dése al RO.; Notifíquese por intermedio del Departamento Vialidad y pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente. Cumplido ARCHÍVESE.-