Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21175

Ordenanza Nº 21175

Bahia Blanca, 13/04/2023

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 10 por medio del cual se dan por reconocidos los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca a la agente Alejandra Claudia Rubio, D.N.I. 26.958.064, legajo 13.468, dependiente de la Dirección Adjunta de Turismo, correspondientes a cinco

(5) años y diez (10) meses; y

 

CONSIDERANDO

 

Que a través de la Resolución 1028/2022 obrante a fojas 6 y 6 vta, se dieron por reconocidos los servicios mencionados.

 

Que a fojas 2, 3 y 4 el Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la antedicha agente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución en cuestión.

 

Que a fojas 8 vta. la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General dejan constancia de la imputación del presente gasto.

 

Que conforme surge tanto del artículo 4º de la Resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (período comprendido entre el 6 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.


Por todo lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente Alejandra Claudia Rubio, D.N.I. 26.958.064, C.U.I.L. 27-26958064-5, legajo Nº 13.468, dependiente de la Dirección Adjunta de Turismo (oficina Nº 793), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por Resolución 1028/2022, obrante a fojas 6 y 6 vta del expediente 0/00-10698-2022, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado a fojas 7 y 8 del antedicho expediente.

 

Artículo 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en a presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos 1.1.3.1/ 1.1.4.0/ 1.1.6.1/ 1.1.6.2 de los ejercicios 2020 y 2021.

 

Artículo 3º Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.