Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 919
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/04/2023
Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de construcción y/o demolición presentada al Departamento Contralor de Obras Particulares por Ullúa Marta Azucena, obrante a fojas 2, correspondiente a la Partida Nº 31.469;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contralor de Obras Particulares a fojas 24 informa que se ha dado ingreso a la carpeta como expediente de construcción sin permiso, (numero 435-338-2022 con derechos de construcción.)
Que a Fojas 26 el Departamento de Contralor de Obras Particulares informa que no ha ingresado el expediente de construcción sin permiso en la partida 31.469;
Que a fojas 29, la Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano informa que la observación realizada por este departamento al practicar la inspección de linea surgió que se invade el sector de ochava en forma y dimensiones que se muestran en croquis obrante de fojas 28;
Que esa misma dependencia menciona, en dicho informe, que de otorgarse la excepción, el Municipio acepta la ocupación y el recurrente se compromete a regularizar la misma cuando se realicen reformas en el sector, finalice la vida útil del edificio o razones de interés público exijan su adecuación. Así mismo se debería notificar al recurrente y cargar a la partida mencionada el pago por Derechos de Ocupación de la Vía Pública, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente;
Que a Fojas 31 el Recurrente presta conformidad al pago de la multa generada por invasión de la vía pública;
Que a fojas 32 , la Subsecretaria de planeamiento y desarrollo urbano manifiesta que según lo indicado a fojas 31, corresponde el pase al Departamento Recaudación;
Que el Departamento Recaudación informa a fojas 34, que atento las actuaciones cursadas en fojas 30, y de acuerdo a lo normado en el Articulo 36 inc r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente corresponde liquidar a la Partida Nº 31.469 la suma de $9.200 desde la cuota 03/2023 a 12/2023 en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, siendo la misma actualizada anualmente conforme Ordenanzas Impositivas futuras;
Que el Artículo 36 inc r) punto 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, referida a Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, expresa que “...Por la ocupación de la vía pública o espacios declarados de utilidad pública con destino a ochava o ensanche de calle, originada en incorrectos emplazamientos de construcción sobre la línea municipal detectada, o declarada en el Departamento Catastro previa autorización, se abonará por m2 o fracción y por mes o fracción, mientras se mantenga la ocupación, según el siguiente detalle: 1.3 Para los inmuebles ubicados en el resto de las clases: 0.50 módulos(...)Cuando el inmueble este tipificado como edificado comercio, se incrementarán los valores anteriores en un 50%...";
Por ello todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º)- Aplicar a la cuenta corriente de la Partida Nº 31.469, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, por la cuota 03/2023 a 12/2023, la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($9.200), atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-
ARTICULO 2º)-Cumplir, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación, Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano, Departamento Catastro Territorial, Hecho: Archivar.-