Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1112

Decreto Nº 1112

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 18/04/2023

Visto la Solicitud de Pedido Nº 2206 originado por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una  cuidadora destinada a atender las necesidades de mujeres, niños y jóvenes en el Hogar Refugio para Víctimas de Violencia Familiar; y

 

CONSIDERANDO


Que resulta necesaria la contratación de una cuidadora para Hogar Refugio para víctimas de violencia familiar; algunas de sus funciones a desarrollar, entre otras, serán ejecutar proyectos propios acordados con la Dirección que sean de interés de las personas alojadas, acompañar e incentivarlas inquietudes y/o motivaciones, acompañar en las actividades  a realizarse fuera de la institución; 
 

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;


Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;


Que se procedió a la realización del correspondiente proceso de selección del personal requerido, según consta en Acta de selección que corre por suministro Nº590r-6157-2022 que por  del cual surge la selección de la Sra. Ana Abigail, OVANDO RIQUELME, D.N.I. 39.149.231, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para el cumplimiento de las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

 

-  D E C R E T A  -

 

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal del área, debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea.

SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Ana Abigail, OVANDO RIQUELME, D.N.I. 39.149.231 la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de mujeres, niños y jóvenes víctimas de violencia familiar en Hogar Refugio, a partir del 01 de Mayo y hasta el 31 de Agosto de 2023, y por la suma total de pesos quinientos quince mil seiscientos sesenta y siete con noventa y dos centavos ($515.667,92), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección del Hogar Refugio.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.