Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1028

Decreto Nº 1028

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/04/2023

 Visto la nota presentada a fs. 1 por la Dirección de Logística y Distribución, donde se solicita se le otorgue un crédito del Programa Microcrédito Habitat II - Mejoramiento Habitacional para el Sr. Echegaray, Carlos Eduardo, DNI 13.524.987, y

CONSIDERANDO

Que del informe de fs. 3 y fs. 4 elevado por la Trabajadora Social surge que el Sr. Echegaray y su señora  Edith del Valle Córdoba reside en una vivienda propia ubicada en calle Fortin Carhue Nº560, que ambos tienen problemas de salud y discapacidad, que la señora se encuentra internada, que necesita ampliar la habitación para cuando le otorguen el alta. Por tal motivo es que se solicita la entrega del crédito con destino a la adquisición de materiales para el mejoramiento habitacional de su vivienda;
Que de fs. 5 a 13 consta la documentación requerida, incluyendo presupuesto de costo de materiales de construcción; 
Que a fs. 14 consta el Contrato Mutuo entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Sr. Echegaray, Carlos Eduardo, DNI 13.524.987;
Que a fs. 1 vta. consta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General;
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;

-D E C R E T A- 

PRIMERO: Aprobar en todas sus partes el Contrato de Mutuo Acuerdo, celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Sr. Echegaray, Carlos Eduardo, DNI 13.524.987 con domicilio en calle Fortin Carhue Nº560 de la Ciudad de Bahía Blanca, con destino a la compra de materiales  para el mejoramiento de su vivienda en el marco del Programa Municipal de Microcrédito Habitat II - Mejoramiento Habitacional.
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a liquidar mediante transferencia bancaria al CBU Nº 1910001855000103923200 de titularidad Cabal, la suma de pesos trescientos mil diez ($300.010), correspondiente al microcredito habitacional otorgado al Sr. Echegaray, incluyendo en dicho monto la comisión de pesos diez ($10) de acuerdo al “Convenio para el servicio pago a proveedores” cláusula 7b firmada entre el Banco Provincia de Buenos Aires y Municipalidad de Bahía Blanca.-".
TERCERO: Dejar constancia que el Sr. Echegaray, Carlos Eduardo, DNI 13.524.987 obtendrá una tarjeta con la suma de pesos trescientos mil ($300.000) debiendo reintegrar dicho monto en treinta y seis (36) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos ocho mil trescientos treinta y tres con treinta y cuatro centavos ($ 8.333,34), las cuales deberán ser abonadas del 1 al 10 de cada mes.
CUARTO: El gasto dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Jurisdicción: 1110106000, Fuente: 110, Cat. Programática: 78.01, Gasto: 6.3.1.0 del Presupuesto de Gastos.   
QUINTO: Cúmplase, notifíquese a la interesada, tome nota Contaduría General, Subdirección de Presupuestario y Planificación, Dirección de Logística y Distribución; dése al R.O. y ARCHIVESE.-