Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1016

Decreto Nº 1016

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/04/2023

Visto las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de lácteos para Centros de Dia, conforme Solicitud de Pedido Nº 721/2023, y;

CONSIDERANDO,

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada N° 721/2023, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las siete (7) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos de fojas 30 a 36;

Que, el Departamento Compras a fojas 119 sugiere, se adjudique al proveedor DI LUCA ARNALDO ADRIAN el item N° 1 y al proveedor SUPERMERCADO LA BANDERITA BAHIA S.A. los items N° 2 a 24 e informa que la adjudicación se realiza por mejor oferta total en los rubros: huevos, lácteos frescos, pastas frescas, leche larga vida y fiambre;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

Por ello, atento a la comparativa de ofertas obrante a fojas 107 y 108, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor Nº 5.161), la provisión del ítems Nº 1, por mejor oferta en el rubro huevos, por la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($782.784,00.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a SUPERMERCADO LA BANDERITA BAHIA S.A. (Proveedor Nº 5.226), la provisión de los ítems Nº 2 a 8 por mejor oferta total en el rubro pastas frescas, los ítems Nº 9 a 14, 16 a 19, 22 a 24 por mejor oferta total en el rubro rubro lácteos frescos, los ítems Nº 20 y 21 por mejor oferta total en el rubro leche larga vida y el item N° 15 por mejor oferta total en el rubro fiambres, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO ($6.006.968,00.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente y los considerandos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 3°)- Dejar constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Mónica Fuidio, Legajo Nº 11.139 y Juanita Carbia, Legajo Nº 13.980 (Hogar Refugio), Mónica Angellini, Legajo Nº 12.335 y Nélida Arhex, Legajo Nº 6.053 (C. Cap. y Promoc. Villa Miramar), Pamela Ayala, Legajo Nº 15.613 y Norma Diez, Legajo Nº 6.792 (Mamás Cuidadoras), Patricia Campos, Legajo Nº 6.030 y Adriana Cerolini, Legajo Nº 6.859 (Epi Mi Lugar), Araceli Uthurralt, Legajo Nº 6.994 y Luciana Pascual, Legajo Nº 13.979 (Casa del Niño de Ingeniero White), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Envión), Olga Faath, Legajo Nº 12.269 y Melisa Barrera, Legajo N° 16.414 (Casa del Niño de Villa Rosas), Carlos A. Luna, Legajo Nº 4.082 (Autonomía Joven), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 y Maximiliano Corvatta, Legajo Nº 16.506 (Sueño de Barrilete), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 y Natalia Olmos, Legajo Nº 13.977 (Jóvenes por los Jóvenes), Adriana Plischuk, Legajo Nº 6.377 y Javier Bellabarba, Legajo Nº 11.616 (Sistema de Amas) y Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Pequeños Sueños), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informes a fojas 6 y 119.

ARTÍCULO 4º)- Cumplir, dar al R.O., notificar, tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.