Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 990
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/04/2023
Vistas las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Mantenimiento, dependiente de la Secretaría de Gestión Urbana, referidas a la adquisición de tosca con traslado para reparación de calles de la ciudad - conforme solicitud de pedido Nº 871/2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº 871/2023, recibiéndose las propuestas económicas válidas de cuatro (4) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las nueve (9) que fueron invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 42 a 50;
Que, a fojas 227 obra Acta de Apertura de Licitación Privada Nº 227/2023, constando que Marino Morresi e Hijos no cumple con los incisos a) y b) y Coince Bahìa S.A. no cumple con los incisos e) y f) del artículo 2 de Clausulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones;
Que, a fojas 230 el Departamento Compras deja constancia que la firma COINCE BAHIA S.A subsano en tiempo y forma su observacion, quedando las siguientes ofertas: Las Dos Toscas S.R.L., In & Se S.A. y Coince S.A., factibles de ser evaluadas por la dependencia solicitante;
Que, de fojas 239 a 241 obran notas de los representantes de Las Dos Toscas S.R.L., In & Se S.A. y Coince Bahía S.A., y del Maestro Mayor de Obras del Departamento Inspecciones Laboratorista, de fecha 20 de marzo del corriente, dejando constancia de la extracción por parte del municipio de muestras de material a proveer por las empresas nombradas, para la realización de los ensayos correspondientes;
Que, de fojas 242 a 254 el Maestro Mayor de Obras del Departamento Inspecciones Laboratorista y el Ingeniero Jefe Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios informan que la muestra N° 1 fue extraída de la cantera Las Dos Toscas S.R.L., la N° 2 de la cantera In & Se S.A y la N° 3 de la cantera Coince Bahía S.A.;
Que, las muestras N° 1 y 2 son materiales de similares características granulométricas y propiedades mecánicas. La muestra N° 3 presenta un mayor contenido de material fino y menor resistencia a esfuerzos de carga, con valores cercanos a los límites exigidos por este municipio. Las muestras N° 1 y 2 se asemejan de mejor manera al optimo solicitado por este municipio, respecto de la N° 3;
Que, a fojas 255 el Subsecretario de Mantenimiento informa que "...analizadas las cotizaciones y habiéndose realizado los ensayos de las muestras por el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios, informe obrante de fojas 242 a 254, del que se desprende que las muestras extraídas de las canteras Las Dos Toscas S.R.L. (muestra N° 1), Bahia (muestra N° 2) y Espora (muestra N° 3), se informa que "la muestra N° 1 y N° 2 son de materiales de similares características granulométricas y propiedades mecánicas. La muestra N° 3 presenta un mayor contenido de material fino y menor resistencia a esfuerzos de carga, con valores cercanos a los límites exigidos por este municipio...";
Asimismo, sugiere se adjudique los items Nº 1 a 4 a la empresa IN & SE S.A. y los items Nº 5 A 11 a la empresa LAS DOS TOSCAS S.R.L., ambas por ajustarse a los intereses municipales, cumplir con las especificaciones técnicas y ser la oferta mas económica;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Por ello, atento la comparativa de ofertas obrante de fojas 231 a 236 y en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 264, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a IN & SE S.A. (Proveedor Nº 6.364), la provisión de los ítems N° 1 a 4, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas y por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($4.637.500,00.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.-
ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a LAS DOS TOSCAS S.R.L. (Proveedor Nº 7.408), la provisión de los ítems N° 5 a 11, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas y por la suma total de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL ($8.615.000,00.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.-
ARTÍCULO 3º)- Dejar constancia que dado el volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal, la recepción y control del objeto de esta Licitación, será a cargo del Subsecretario de Mantenimiento, Ing. Daniel Carbone, en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe de fojas 231.-
ARTÍCULO 4º)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-