Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº981

Decreto Nº 981

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/04/2023

 Visto las presentes actuaciones, atento las notas obrantes a fojas 12 y 23, mediante la cual el Contador General solicita la rectificación del Decreto N° 4164/2022 en lo que respecta al CUIL del titular de caja chica de la Dirección General de Movilidad Urbana, el aumento del monto de la caja chica del Departamento Conservación Vial y la apertura de caja chica para el Museo y Archivo Historico y Departamento Alumbrado y Semaforización en Espacios Públicos, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Circular Nº 393 y la Resolución Nº 7/14 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires establecen el procedimiento para la creación, modificación, ampliación, disminución y/o anulación de los importes autorizados y designación de los responsables de las Cajas Chicas, así como el monto hasta el cual autoriza el Departamento Ejecutivo a efectuar Decreto, debiendo remitir copia al mencionado Tribunal;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2022, mediante Decreto Nº 4164/2022 se otorgó un monto de Pesos quince mil ($15.000.-) en concepto de caja chica para la Dirección General de Movilidad Urbana, designando como responsable al Sr. Plaide Mauro, CUIT 20-30673829-0; 

Que, a fs. 11 obra copia fiel de nota presentada por el Subdirector de la Dirección General de Movilidad Urbana en la cual solicita la rectificación del CUIL del titular de caja chica de la Dirección General de Movilidad Urbana;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2022, mediante Decreto Nº 4164/2022 obrante a fojas 7, se otorgó un monto de pesos treinta mil ($30.000.-) en concepto de caja chica para el Departamento Conservación Vial, designado como responsable al Sr. Marcelo Pastor;

Que, a fojas 13 obra copia fiel de nota presentada por el Jefe de Departamento Conservación Vial, donde solicitan el aumento del monto asignado a la caja chica del mencionado departamento;

Que, a fs. 14 obra copia fiel del Subsecretario de Mantenimiento, el Secretario de Gestión Urbana con el visto bueno del Secretario de Economía, donde solicitan ampliar el monto de caja chica del Departamento Conservación Vial de $30.000 a $45.000;

Que, a fs. 15 obra copia fiel de nota de la Directora del Museo y Archivo Histórico y del Director del Instituto Cultural donde solicitan la renovación de la caja chica de la oficina N° 313, a nombre de Ana Luisa Dozo, legajo N° 5.523, CUIL N° 27-13524471-1;

Que, a fs. 16 obra copia fiel de nota del Departamento Alumbrado y Semaforización de Espacios Públicos y del Subsecretario de Mantenimiento, donde solicitan la apertura de caja chica para el mencionado Departamento siendo el responsable el Sr. Héctor Orlando, legajo N° 11.245;

Que, el Responsable de la Caja Chica deberà cumplimentar lo establecido en los Art. Nº 218 a 224 de la Ley Òrganica de las Municipalidades;

Que, el virtud de lo informado por el Contador General a fojas 12 y 23, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º):  Rectifícase el Artículo 1º del Decreto N° 4164/2022, solo en lo que respecta a: ARTICULO 1º)-

OFICINA DEPENDENCIA RESPONSABLE ACTUAL CUIL IMPORTE IMPUTACION
335 DIRECCION GRAL. DE MOVILIDAD URBANA PLAIDE MAURO 20-30673829-2 15.000,00 JUR 19 16.00

ARTÍCULO 2º): Aumentar el monto asignado a el Departamento Conservación Vial del Decreto N° 4164/2022, por la suma de pesos cuarenta y cinco mil ($45.000.-), siendo responsable el agente Marcelo Pastor, CUIT 20-18195636-5.

ARTICULO 3º): Crear una Caja Chica para el MUSEO Y ARCHIVO HISTORICO por la suma de pesos quince mil ($15.000), designando como responsable de la caja chica a la agente Dozo Ana Luisa, Legajo N° 5.523, CUIL: 27-13524471-1.

ARTICULO 4º): Crear una Caja Chica para el DEPARTAMENTO ALUMBRADO Y SEMAFORIZACION por la suma de pesos veinte mil ($20.000), designando como responsable de la caja chica al agente Orlando Hector, Legajo N° 11.245, CUIL: 20-21449915-1.

ARTICULO 5º): Déjase expresa constancia que los Responsables de la Caja Chica, consignados en los Artículos Nº 1 a 4 del presente Decreto, deberán dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos Nº 218 a Nº 224 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (constitución y actualización de fianzas).

ARTÍCULO 6º): Notificar el presente Decreto al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 393 de dicho organismo.

ARTÍCULO 7º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Contaduría General, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho, ARCHIVAR.