Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21078

Ordenanza Nº 21078

Bahia Blanca, 09/02/2023

VISTO

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 10, mediante la cual el señor Francisco Christian Cacchiarelli, DNI 42.399.734, como apoderado de la empresa REMIS 10 S.R.L., solicita por vía de excepción una prórroga par la explotación del legajo de Remis nº 080, con la unidad que tiene habilitada para desarrollar la actividad marca Chevrolet, modelo Classic 4P LS AA+DIR 1.4N, año 2012, dominio KTT-202, y;

 

CONSIDERANDO

 

 

Que de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia surge que de fojas 3 a 8, el señor Francisco Christian Cacchiarelli ha presentado la documentación necesaria para realizar dicha solicitud.

 

Que la División de Transporte Urbano a fojas 9 expone: “Esta dependencia informa que el mismo se encuentra en condiciones técnicas, estéticas para el desarrollo de la actividad.

 

Cabe señalar que la prórroga de la unidad se debe al impacto en la disminución del trabajo e incapacidad económica para poder realizar dichos cambios; a la falta de entrega de unidades 0km; al sobreprecio en la venta de vehículos usados.

 

Con relación año pedido de prórroga, esta División ve factible poder otorgar el plazo hasta el 31 de diciembre 2023, fecha en la cual se cumpliría 1 año de prórroga al vencimiento correspondiente para el modelo de vehículo 2012.

 

Cumplido ese tiempo, la empresa REMIS 10 S.R.L., tendrá que cambiar el vehículo por uno que encuadre dentro de lo establecido en el Artículo nº 23, inciso D) de la Ordenanza nº 15.432”.


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º – Autórizase al Departamento Ejecutivo por vía de excepción a otorgar una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2023, a la empresa REMIS 10 S.R.L., titular del legajo de Remis nº 080, para la explotación del mismo con el vehículo Chevrolet, modelo Classic 4P LS AA+DIR 1.4N, año 2012 dominio KTT-202.

 

ARTICULO 2º – Déjase constancia que vencida la prórroga otorgada en el Artículo 1º la empresa REMIS 10 S.R.L., deberá cambiar el vehículo por uno que se encuadre dentro de lo establecido en la Ordenanza nº 15.432, Artículo 23, inciso D).

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.