Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 414
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/02/2023
Vistas las presentes actuaciones por las que tramita el llamado a Licitación Pública Nº 639R-282-2023 para la ejecución de la obra: “PUESTA EN VALOR PARQUE INDEPENDENCIA 3ra ETAPA”, a realizarse por el sistema de contratación por AJUSTE ALZADO, con PRECIO TOPE y con un ANTICIPO FINANCIERO HASTA EL 20% y, CONSIDERANDO
Que a fojas 474 obra el acta de apertura del llamado a Licitación Pública del expediente de referencia, cuyas propuestas han sido presentadas por la empresa TALLERES B. J. IRRAZABAL S. A., quien cotiza un monto de $207.974.102,71, lo que significa una rebaja del 0.38%, con respecto al Presupuesto Oficial, luego la empresa Servicios H.L.B. S.A., quien cotizó un monto $205.809.765,40, lo que significa una rebaja del 1,41% del Presupuesto Oficial.
Que a fojas 477 se encuentra el informe de la Dirección Adjunta de Planificación Urbana, mediante el cual sugiere se adjudique la obra a la empresa Servicios H.L.B. S.A., por un monto de $205.809.765,40.
Que, a fojas 477 vta. el Departamento Compras y Departamento de Registro de Licitadores, no formulan observación alguna.
Por todo lo expuesto y atento a los exordios que anteceden, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Adjudicar a la empresa Servicios H.L.B. S.A. la ejecución de la obra: “PUESTA EN VALOR PARQUE INDEPENDENCIA 3ra ETAPA”, PRECIO TOPE Y CON 20% DE ANTICIPO FINANCIERO, por un monto de PESOS DOSCIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 40/100 CENTAVOS ($205.809.765,40), de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 2°: El gasto dispuesto en el Artículo 1º deberá imputarse a la partida Fuente:131 Jurisdicción 1110119000, Categ. Prog. 17.76.00, Gasto: 4.2.2.0
ARTICULO 3°: Hágase saber la empresa adjudicataria que, dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la fecha de su notificación, deberá presentar las garantías de contrato y de anticipo financiero, debidamente legalizadas y concurrir a firmar el contrato respectivo, advirtiéndole que en caso de incumplimiento se adoptarán medidas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 4°: Cúmplase; dese al RO; notifíquese a las empresas oferentes mediante nota de estilo, pase al Departamento Compras y Contaduría General para la confección de la Orden de Compra y registración correspondiente y tomen conocimiento el Registro de Licitadores, la Subsecretaría de Mantenimiento y la Dirección Adjunta de Planificación Urbana.