Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº166

Resolución Nº 166

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/02/2023

Vistas las presentes actuaciones, en las que se solicita otorgar el “Adicional por Función Chofer de Camión” a los agente BAHAMONDES Luis Víctor, legajo N° 15.883 y TOBARES Jonathan Gabriel, legajo N° 16.246, y teniendo en cuenta lo informado por la Subsecretaría de Capital Humano a fojas 4 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas. 5 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTICULO 1°: Otorgar el “Adicional por Función de Chofer de Camión” al agente BAHAMONDES Luis Víctor, legajo N° 15.883, abonándosele la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación General Cerri (Oficina N° 115), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipulado el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto N°2837/2013 y Decreto N° 106/2017, a partir de su notificación, y mientras desempeñe la función de Chofer de Camión.

ARTICULO 2°) Otorgar el “Adicional por Función de Chofer de Camión” al agente TOBARES Jonathan Gabriel, legajo N° 16.246, abonándosele la diferencia entre su categoría 06/5A y la 06/4, dependiente de la Delegación General Cerri (Oficina N° 115), correspondiente al grado de revista y jornada horaria habitual desempeñada por dicho agente, según lo estipulado el Decreto N° 520/03 y sus modificatorias Decreto N°2837/2013 y Decreto N° 106/2017, a partir de su notificación, y mientras desempeñe la función de Chofer de Camión.

ARTICULO 3°) Dejase constancia que todo agente que en forma transitoria deba reemplazar, a quién perciba esta compensación en ausencia del titular, tendrá derecho a percibir en forma proporcional a los días efectivamente labrados la compensación por “Adicional por Función”.

ARTICULO 4°) Dejase constancia que los agentes beneficiarios por tal compensación no percibirán la misma si se encuentran ausentes del servicio, aun cuando la ausencia se deba a alguna de las licencias previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 5°) El gasto que demande lo dispuesto en el artículo segundo deberá imputarse la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1.1.3.3

ARTICULO 6°) Cúmplase, notifíquese a los interesados, tomen conocimiento el Departamento Administración de Personal, Subsecretaría de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y Delegación Cerri; dése al RO., Cumplido: RESERVESE EN LA SUBSECRETARIA DE MANTENIMIENTO.