Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 758
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/03/2023
Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por TOMASELLI MARIA ALEJANDRA, D.N.I. 21.527.110 por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada; y,
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 3 obra copia fiel del Título del Automotor del vehículo identificado con el Dominio JER-940, titular Tomaselli María Alejandra, D.N.I. N° 21.527.110;
Que, a fojas 5 obra copia fiel del certificado de Discapacidad emitida por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de Tomaselli María Alejandra, D.N.I. N° 21.527.110, con vencimiento 04 de abril de 2022;
Que, a fojas 6 obra constancia de Certificado Único de Discapacidad con fecha de vigencia prorrogada hasta 04/04/2024 de Maria Alejandra Tomaselli;
Que, a fojas 7 y 8 obra copia digital de Resolución N° 2671/2022 de eximición del pago en el impuesto automotor al vehículo identificado con el dominio JER-940, a partir del 02 de enero de 2021 y hasta el día 04 de abril de 2023;
Que, a fojas 10 el Departamento Recaudación informa que analizada la documentación acompañada, se sugiere se renueve la exención que pesa sobre el vehículo dominio JER-940, resuelta mediante expediente N° 0-9275/2021 (Resolución N° 2671/2022), dado que se ha otorgado la renovación del certificado de discapacidad con fecha 04/04/2023 y hasta el día 04/04/2024, conforme al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f);
Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nº 10.397 y sus modificatorias, del año 2023, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º): Exímese del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el dominio JER-940, a partir de la cuota 04/04/2023 y hasta el día 04/04/2024, fecha en que expira el certificado de discapacidad, por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires del año 2023, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y a los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2º): Déjase constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVESE.-