Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 101
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/02/2023
Visto que a fs. 1 del presente expediente la agente Marilena COLALONGA, DNI Nº 37.235.085, legajo Nº 15.815, dependiente de Dirección General de Movilidad Urbana (Oficina N° 335), solicita el reconocimiento de los servicios desempeñados como becario para el Municipio de Bahía Blanca, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 a 4 del presente expediente el Departamento Administración Personal adjunta planilla de servicios y sueldos informando que el tiempo total a reconocer asciende a un (1) años, tres (3) meses y veintinueve (29) días, por los servicios prestados como Becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, razón por la cual sugiere redactar el correspondiente acto administrativo a efectos de dar por reconocidos sus servicios como becaria por el período mencionado anteriormente.
Que el reconocimiento se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte del agente interesado, 25 de enero de 2023, y al sólo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria.
Que a partir del reconocimiento efectuado se considerará un (1) año, tres (3) meses y veintinueve (29) corresponde el pago del beneficio solicitado aplicando lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014 de la siguiente manera: Desde 06/01/2014 al 31/12/2014: Once (11) meses y veinticinco (25) días al 1% sobre sueldo básico y desde 01/01/2015 al 04/05/2015: Cuatro (4) meses y tres (3) días al 3% sobre sueldo básico.
Que a fs. 4 vta del presente expediente consta la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°): Hacer lugar a lo solicitado por la agente Marilena COLALONGA, DNI Nº 37.235.085, legajo Nº 15.815, dependiente de Dirección General de Movilidad Urbana (Oficina N° 335), reconociendo los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca, por el termino de un (1) año, tres (3) meses y veintinueve (29) días.
ARTICULO 2°): El reconocimiento realizado mediante el Articulo 1° se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte de la agente interesada, 25 de enero de 2023, y al solo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por Antiguedad y del usufructo de Licencia Annual Ordinaria.
ARTICULO 3°): Déjase constancia que el pago del beneficio otorgado será aplicado será aplicado a un (1) año, tres (3) meses y veintinueve (29) días, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
ARTICULO 4°): Hacer lugar a lo solicitado por la agente Marilena COLALONGA, DNI Nº 37.235.085, legajo Nº 15.815, en cuanto al pago de las diferencias salariales no prescriptas de dos años anteriores a la fecha de interposición del reclamo, 25 de enero de 2023, de acuerdo a lo establecido por el art. 2562 inc. C del Codigo Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del art. 140 del Reglamento de Contabilidad y 54 del Decreto Provincial 2980/00.
ARTICULO 5°): Hagase saber a la nombrada que sin perjuicio del reconocimiento dispuesto por esta Municipalidad en el Articulo 1°, quedará exclusivamente a cargo de la agente la realización de los tramites pertinentes por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S), a los fines de la obtención de reconocimiento de Servicios en ámbito previsional.
ARTICULO 6°): El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.
ARTICULO 7°): Cúmplase, dése al R.O.,notifiquese al interesado, pase a conocimiento e informe del Departamento Administración del Personal, tome nota Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General. Cumplido vuelva a la Secretaría de Gestión Urbana para la redacción del correspondiente Proyecto de Ordenanza.