Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº722

Resolución Nº 722

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/03/2023

Vistas las presentes actuaciones, atento a las nota obrante a fs. 2 del expediente N° 0-9365/2018 y a fs. 1 del expediente N° 0-1443/2022 en las cuales FREDES LUCAS, DNI 27.831.985 en representación de la COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LIMITADA, CUIT N° 30-71155664-4, Contribuyente N° 71975 presenta solicitud de exención en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por encontrarse la misma incursa en las causales previstas en el Artículo Nº 144, Inciso e) de la Ordenanza Fiscal 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que, de fs. 4 a 16 del expediente N° 0-9365/2018, obra copia fiel del Acta Constitutiva, en la que se la acredita como COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LIMITADA;

Que, el Departamento Recaudación a fs. 8 del expediente N° 0-1443/2022 sugiere se exima a la COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LIMITADA, contribuyente N° 71975 del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a partir del periodo 06/2018, atento a lo establecido en el art. 144 inc e) de la Ordenanza Fiscal 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022;

Que, a fs. 9/10 del expediente N° 0-1443/2022 obra copia digital de Resolución N° 119/2023 de fecha 19 de enero de 2023 mediante la cual se declara la prescripción de los periodos 06/2010 a 05/2012 y de 01/2013 a 06/2016 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, contribuyente N° 71975, COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LIMITADA, CUIT 30-71155664-4;

Que, el Artículo Nº 144, Inciso e) de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe que están exentas del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene: “Las cooperativas de trabajo”.;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º): Eximir a COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LIMITADA, CUIT N° 30-71155664-4, Contribuyente N° 71975, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a partir del periodo 06/2018, según lo establecido en el Artículo Nº 144, Inciso e) de la Ordenanza Fiscal 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O, tome nota Departamento Recaudación; y hecho, ARCHIVAR.-