Boletines/Campana
Resolución Nº 8/23
Campana, 27/03/2023
Visto
El Decreto - Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades), la Ordenanza N° 6668, el Decreto N° 2/2023 Estructura Orgánico Funcional de Ejecutivo y su Anexo VII, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Expediente Municipal 4016-476-0-2023; y
Considerando
Que a foja 2 obra cedula de notificación emitido por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 23, Secretaría única sito Lavalle N° 1220 Piso 5° de la Capital Federal; en los autos caratulados "RODRIGUEZ, ELIDA BEATRIZ C/GONZALEZ, SERGIO RODOLFO S/ALIMENTOS" (Expte. N°65083/2021), donde se ordena retener –en concepto de cuota alimentaria provisoria, la suma de catorce mil pesos ($14000) a favor de sus hijos Martina y Santiago, de la totalidad de los ingresos que perciba el Sr. Sergio Rodolfo González (D.N.I.: 24.195.277), previos los descuentos de ley; sumas que deberán ser depositadas en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Boca del Riachuelo 0034- CBU: 0110007530000704471729 – Caja de Ahorros N° 00340070447172.
Que la Dirección General de Asuntos Judiciales solicita a foja 9 cumplimentar con la manda judicial.
Que se ha cumplido con la revisión de la situación de revista del Sr. González, Sergio Rodolfo por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, verificando que a la fecha es empleado activo del municipio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por la Ordenanza N° 6668 y la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Reténgase, por intermedio de la Dirección de Liquidaciones y Compensaciones, al trabajador el Sr. Sergio Rodolfo GONZALEZ (D.N.I. 24.195.277), legajo personal N° 4665, quien revista en la Planta Permanente de Personal, en concepto de cuota alimentaria provisoria, la suma de catorce mil pesos ($14000) de la totalidad de los ingresos que perciba, previos descuentos de ley; en función de lo requerido por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 23, Secretaría única sito Lavalle N° 1220 Piso 5° de la Capital Federal; en los autos caratulados "RODRIGUEZ, ELIDA BEATRIZ C/GONZALEZ, SERGIO RODOLFO S/ALIMENTOS" (Expte. N°65083/2021).
ARTÍCULO 2º.- Deposítese mensualmente por medio de la Tesorería Municipal, una vez cumplido con lo que antecede, dentro del plazo del 1 al 10 de cada mes, las sumas retenidas en virtud de lo establecido en el artículo 1°, en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Boca del Riachuelo 0034- CBU: 0110007530000704471729 – Caja de Ahorros N° 00340070447172 – CUIL: 27-33115354-6.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese por la Dirección General de Asuntos Judiciales, de lo dispuesto en esta Resolución al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 23, Secretaría única sito Lavalle N° 1220 Piso 5° de la Capital Federal; en los autos caratulados "RODRIGUEZ, ELIDA BEATRIZ C/GONZALEZ, SERGIO RODOLFO S/ALIMENTOS" (Expte. N°65083/2021).
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la Tesorería Municipal lo dispuesto en esta Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese; notifíquese; comuníquese y archívese.