Boletines/Magdalena

Decreto Nº1538

Decreto Nº 1538

Magdalena, 29/11/2022

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1333/2022, referente a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICION DE 380 (TRESCIENTOS OCHENTA) CAÑOS DE CONCRETO COMPRIMIDO PARA OBRA DE ENTUBAMIENTO DE CANALES DE DESAGUE ZONA CALLE ACCESO A LA LOCALIDAD, EN EL PARTIDO DE MAGDALENA – PROVINCIA DE BS AS.-

Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura de la Licitación contó con la participación de DOS (2) Empresas/Firmas del ramo IMACOVA S.A y VIALERO S.A, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Subsecretario de Obras y Servicios Públicos a Fs. 114 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa VIALERO S.A

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 114v avalando dicha Adjudicación

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

 

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE – CON CARÁCTER DE INSISTENCIA a la Empresa/Firma “VIALERO S.A” (CUIT Nº 30-69207363-7)  por una suma total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($6.270.000,00) para adjudicar la “ADQUISICION DE 380 (TRESCIENTOS OCHENTA) CAÑOS DE CONCRETO COMPRIMIDO PARA OBRA DE ENTUBAMIENTO DE CANALES DE DESAGUE ZONA CALLE ACCESO A LA LOCALIDAD, EN EL PARTIDO DE MAGDALENA – PROVINCIA DE BS AS en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 17/2022.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 10.000, Programa 20/01 Partida 2.6.4.0 “PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2022.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda