Boletines/Magdalena

Decreto Nº1509

Decreto Nº 1509

Magdalena, 23/11/2022

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “A” Nro. 1354/2022, mediante las cuales la Sra. AGUIRRE ANDREA MYRIAN, DNI 17.367.362, solicita la exención de las Tasas y Derechos que recaen sobre la actividad comercial que ejerce, en razón de su condición de discapacidad y en el marco del Capítulo XI (“De las exenciones y las eximiciones”), Artículo 67º de la Ordenanza Fiscal Nro. 3941/21 vigente en la jurisdicción de Magdalena durante el Ejercicio 2022.

El Expediente Letra “A” Nro. 1020/2018 mediante el cual el contribuyente, cuyo CUIL/CUIT es 27-17367362-5, tramitó la habilitación de un comercio del rubro “Almacén de comestibles, despensas” (01-62100-04), sito en la calle J.M Miguens Nº 25 de la ciudad de Magdalena, otorgándole el número de Legajo Municipal Nro. 62351 por Decreto Nro. 266/2019 de fecha 21/02/2019.

Considerando

Que el comercio en cuestión posee como titular a la Sra. AGUIRRE ANDREA MYRIAN, DNI 17.367.362, CUIL/CUIT 27-17367362-5 con Diagnóstico Artritis Reumatoide No Especificada, según la Junta Evaluadora de Discapacidad del Hospital Santa María Magdalena.

Que consta de fs. 2 a 4 de las presentes actuaciones la documentación correspondiente a la Sra. y el certificado de discapacidad correspondiente extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. El mismo posee validez hasta el día 14/11/2024, el interesado deberá presentar ante las oficinas correspondientes de la Municipalidad de Magdalena, el nuevo certificado vigente a partir de la fecha mencionada con anterioridad para solicitar el beneficio de eximición por un nuevo plazo en caso que así lo requiera.

Que se cumplen las condiciones establecidas en el Capítulo XI, Artículo 67º de la Ordenanza  Fiscal Nº 3941/21 vigente en la jurisdicción de Magdalena para el ejercicio 2022.

Por lo expuesto, 

el Intendente Municipal de Magdalena en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1: Otórguese, por las razones expresadas en el exordio, la exención a partir del año 2023 y hasta el año 2024 inclusive (año de vencimiento del Certificado de Discapacidad) de las Tasas y Derechos Municipales que recaen sobre la actividad comercial ejercida por AGUIRRE ANDRES MIRYAN, DNI 17.367.362, CUIL/CUIT 27-17367362-5, Legajo Municipal Nro. 62351 sito en la calle J.M Miguens Nº 25 de la ciudad de Magdalena, habilitado mediante Decreto Nro. 266/2019 de fecha 21/02/2019 para la explotación del rubro “Almacén de comestibles, despensas” (01-62100-04), tramitada por expediente letra “A” Nro. 1020/2018.

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés García.

ARTÍCULO 3: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda