Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1450
Magdalena, 09/11/2022
Visto
Las actuaciones del Expte. Letra S Nº 226/20, referente al convenio a suscribir entre el CEAMSE y la Municipalidad de Magdalena
Considerando
Que, ha sido suscripta ADDENDA AL CONVENIO con el CEAMSE, y como representante, su presidente el Lic. Gustavo Javier Coria, en adelante: CEAMSE C.U.I.T. 30-57720719-0, por un plazo desde el 1 de enero de 2022 al 31 de Diciembre de 2022.-
Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al mes de Octubre por un monto de PESOS : SEISCIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON VEINTIOCHO CVS. ($622.246,28), debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-
Que, debe realizarse el descuento correspondiente Al excedente de fondo provincial por un monto de PESOS : NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y OCHO CVS. ($ 98.693,58), debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-
Que, por imputaciones de viajes no correspondientes a la Municipalidad de Magdalena , debe realizarse el descuento cito Nota de Crédito : 0153-00001214 del mes de Agosto 2022 por un monto de PESOS: CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CVS. ($52.242,33)
Por todo ello,
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
DECRETA
ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a CEAMSE - C.U.I.T. 30-57720719-, por un monto total de PESOS: CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON DIECISEIS CVS. ($ 471.310,37), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º: REALICESE el descuento correspondiente Al excedente de fondo provincial por un monto de PESO NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y OCHO CVS. ($98.693,58), debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-
ARTICULO 3º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción 10.000 - Partida 3.3.9.0 “OTROS SERVICIOS NO PERSONALES”– Programa 20.02 del Presupuesto de gastos vigente, Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda