Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1431
Magdalena, 02/11/2022
Visto
Las actuaciones del expediente electrónico, número 5101/22 mediante las cuales STOERMAN MARIO JUAN - CUIT 20-07935365-6, solicita cambio de titularidad a favor de STOERMAN HERMAN ENRIQUE – CUIT 20-26080542-9 el comercio cuya actividad es AGENCIA DE REMISES Y TRANSPORTE DE CARGAS; AGENCIA DE TRANSPORTE Y TURISMO, habilitado por Legajo 61429, mediante Resolución de fecha 16 de mayode 1994, ubicado originalmente en calle Rivadavia n°839 de la ciudad de Magdalena,que en el mismo acto requiere habilitación por traslado de domiciliocomercial, al local ubicado en calle Las Heras n°392 de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por ello,
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar con retroactividad al 01-09-2022, el cambio de titularidad del comercio habilitado a nombre de STOERMAN MARIO JUAN - CUIT 20-07935365-6, Legajo Municipal Nº61429 a favor de STOERMAN HERMAN ENRIQUE – CUIT 20-26080542-9 cuya actividad es AGENCIA DE REMISES; TRANSPORTE DE CARGAS; AGENCIA DE TRANSPORTE Y TURISMO (Códigos de actividad:71.100-01; 71.100-03; 71.401-01) sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 189, Parcela 8 y Partida Inmobiliaria Nº3256 ubicado en calle Rivadavia n°839 de la Ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: Autorizar y registrar con retroactividad al 01-09-2022, la Habilitación municipal por traslado de domicilio del comercio cuyas actividades son AGENCIA DE REMISES; TRANSPORTE DE CARGAS; AGENCIA DE TRANSPORTE Y TURISMO (Códigos de actividad: 71.100-01; 71.100-03; 71.401-01) sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 97, Parcela 11 y Partida Inmobiliaria Nº25197 ubicado en calle Las Heras n°392 de la Ciudad de Magdalena.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena
Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno