Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 225/22
Balcarce, 24/11/2022
VISTO:
El Expediente nº 8626/B/2022 caratulado “Convenio Centro de Impulso Productivo y Social de la Municipalidad de Balcarce y el Consejo Escolar”, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 2831 de fecha 26 de septiembre de 2022 ha promulgado la Ordenanza N° 169/2022, en virtud de la cual se creó el Programa de Impulso Productivo y Social.-
Que el objeto del programa es orientar sus acciones a servicios comunitarios, servicios de capacitación y proyectos de autogestión, entendiéndolos como instrumentos para el desarrollo personal y social de personas y grupos en situación de vulnerabilidad social. En la actualidad existen jóvenes y adultos que necesitan nutrirse de conocimiento en diferentes rubros para buscar y tener una salida laboral.-
Que es necesario brindar asistencia técnica y talleres para formar conocimientos y habilidades en oficios, generando y fortaleciendo emprendimientos productivos, promoviendo la igualdad de oportunidades en la inserción socio-laboral de los sectores más vulnerables de la sociedad, desde una perspectiva de derechos.-
Que por Decreto N° 2947 de fecha 03 de octubre de 2022, se estableció el funcionamiento del Centro de Impulso Productivo y Social, en el cual actualmente se dictan cuatro talleres: herrería, costura, jardinería y carpintería. En el artículo 2° de la Ordenanza de mención, establece que la supervisión del programa estará a cargo de la Subsecretaria de Producción y Empleo.-
Que con fecha 1° de noviembre del corriente año, entre la Municipalidad de Balcarce y el Consejo Escolar celebraron un convenio de colaboración mediante el cual, de común acuerdo las partes tienen como objeto desarrollar en forma conjunta un dispositivo que permita a los participantes de los talleres de carpintería y herrería del “CIPS” realizar arreglos, reparaciones y mantenimiento del mobiliario escolar que determines el Consejo Escolar.-
Que todo ellos, a fin de descomprimir la demanda de proveedores del Consejo Escolar, generando así fuente de ingresos para los participantes de los talleres y promoviendo su inclusión laboral.-
Que el convenio de mención fue aprobado Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante Decreto N° 3344 de fecha 07 de noviembre de 2022.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente O R D E N A N Z A:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 3344 de fecha 07 de noviembre de 2022.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil veintidós. FIRMADO: Agustín Cassini-- PRESIDENTE - Mercedes Palmadés - SECRETARIA.-