Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4656/2023
Rivadavia, 20/04/2023
VISTO:
Que el Municipio se encuentra en la necesidad de adquirir luminarias para todo el distrito de Rivadavia;
Que ante la solicitud de este Departamento Ejecutivo, el “Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A.” aprobó para la Municipalidad la operación de leasing de acuerdo al comprobante obrante a foja 1 del expediente 4094 – 182/2023;
Y CONSIDERANDO:
Que dichos bienes son necesarios para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos;
Que la adquisición de luminarias LED significa un ahorro significativo de energía y contribuye a la modernización general del alumbrado público en el distrito;
Que el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para adquirir las luminarias mencionadas;
Que resulta conveniente a los intereses municipales la toma del crédito mediante la modalidad de leasing con Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A.;
Que, dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por decreto;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Autorizase al Sr. Intendente Municipal Sr. Javier Ulises Reynoso, DNI. Nº 26.342.089 y/o al Secretario de Economía y Finanzas Sr. Nicolás Martín González, DNI Nº 38.915.972, a tramitar ante el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de luminarias, por hasta la suma máxima de $ 32.807.006,00.- ( Pesos Treinta y Dos Millones Ochocientos Siete Mil Seis 00/100)sin incluir el IVA, cediendo en garantía para eventual aplicación al pago en caso de mora, los fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Provincial de Impuestos que le corresponden al Municipio.
ARTÍCULO 2º.- Autorizase a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.
ARTÍCULO 3°.- Facúltese al Sr. Intendente Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el Artículo 1°, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente MAS SEGUROS Y AFORO SI FUERA EL CASO.
ARTÍCULO 4°.- Facúltese al Sr. Intendente Municipal y Sr. Secretario de Economía y Finanzas para la firma del contrato de leasing y demás documentos relacionados con la operatoria.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A VEINTE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-----------------------------------------------------------------------------------
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YAMILA ZAIN |
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MARCELA LESCANO |
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Secretaria |
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Presidente |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |
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REF: Expte Nº 66/2023 |
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Promulgada por Decreto Nº 631/2023