Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1831/23
Vicente López, 31/03/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-512-2023
Visto
El llamado a Licitación Privada N° 34 dispuesto por Decreto N° 1043/23, por el cual tramita la “PROVISION DE FAROLAS DE VEREDA PARA REPOSICION”, y
Considerando
Que conforme Acta de Apertura obrante a fs.158 se ha presentado un único oferente.
Que en virtud de ello, a fs. 165 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación aconseja desestimar la única oferta presentada en la presente licitación y realizar un segundo llamado.
Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DESESTIMAR la única oferta presentada en el primer llamado a Licitación Privada Nº 34, oportunamente dispuesta por Decreto N° 1043/23 en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 34 a fin de efectuar la “PROVISION DE FAROLAS DE VEREDA PARA REPOSICION”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs, 23/32 y de Bases y Condiciones Generales obrante de fs.40/47.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos ocho millones seiscientos mil ($ 8.600.000,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos ocho mil seiscientos ($ 8.600,00). Exceptuar del pago del pliego al proveedor participante del primer llamado.
Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 26/04/23, a las 14:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Compras y Licitaciones) y de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, ARCHIVAR.
Fdo: Martinez-Alvarez-Botello