Boletines/Chascomús
Decreto Nº 152/18
Chascomús, 15/02/2018
CARGA DE COMBUSTIBLES
Visto
La necesidad de movilización y agilidad que requieren para el desarrollo de sus tareas las diferentes Dependencias de Servicios relacionadas con el Ejecutivo Municipal; y
Considerando
Que la disposición de agentes y/o funcionarios Municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas, resulta satisfactorio para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada;
Que a tales vehículos se les deben suministrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento en algunos casos regularmente y en otros ocasionalmente;
Que entre las tareas asignadas, se pueden nombrar, el traslado de elementos necesarios para competencias y eventos, de agentes y deportistas para tareas competentes deportivas y/o institucionales, entre otras;
Que conforme a las normas vigentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2018;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el Municipio en las excepcionales ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas, en los vehículos propiedad de agentes de Planta y/o Funcionarios Políticos Municipales, para el Ejercicio 2018 de acuerdo al listado contenido en los artículos siguientes.-
ARTICULO 2º.- Está autorizado a la carga de combustible adquirido por el Municipio en Dirección de Deportes, los vehículos que a continuación se detallan y solo cuando la tarea que deban realizar lo amerite, debiendo estar las mismas detalladas en el vale que autoriza la carga.-
ARTICULO 3º.- Los titulares deberán presentar por única vez Licencia de Conducir, Cédula Verde, Seguro y VTV vigente.-
ARTÌCULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Oficina de Compras, Contaduría, Dirección de Deportes y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendad el Señor Secretario de Hacienda y por la Señora Secretaria de desarrollo social.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-