Boletines/Castelli
Decreto Nº 864-22
Castelli, 29/06/2022
Visto
La nota presentada por la Cooperativa de Trabajo Castelli Avanza Limitada por la licitación pública Nº009/2022 “Construcción Escuela Secundaria Castelli – 2da. Etapa” en la cual solicita la readecuación presupuestaria de la obra debido al incremento por mayores costos, y
Considerando
Que lo solicitado por la Cooperativa se encaja con la realidad que estamos viviendo día a día por lo que lo pedido se encuentra debidamente justificado,
Que del informe producido por la Secretaria de Obras Publicas se desprende que lo solicitado se ajusta a lo informado por la variación de precios por los tiempos transcurridos,
Que la ejecución de esta obra es de fundamental importancia para la comunidad ya que nos permitirá tener una escuela secundaria adaptada a los requerimientos actuales,
Que se debe solicitar formalmente al Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la readecuación presupuestaria para avanzar con la ejecución de la obra,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
D E C R E T A :
ARTICULO 1º: Aceptase la readecuación presupuestaria presentada por la Cooperativa de Trabajo Castelli Avanza Limitada, CUIT 30-71231053-3, con domicilio social en calle Yapeyú 692 de esta ciudad, por un monto de Pesos: Veintisiete millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos seis con 77/100 ($27.947.806,7) en las mismas condiciones que las establecidas en los pliegos de bases y condiciones de la Licitación Pública Nº009/2022.-
ARTICULO 2º: La presente readecuación presupuestaria queda supeditada a la aprobación por parte del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires de la mayor financiación necesaria que surge en el artículo anterior para lo cual realícese la solicitud en forma de estilo para poder plasmar la realización de esta obra de fundamental importancia para la comunidad.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a las dependencias que correspondan a sus efectos.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, dese al registro municipal y archívese.-