Boletines/Castelli
Decreto Nº 787-22
Castelli, 13/06/2022
Visto
La necesidad de crear un cargo de Mecánico Dental Asistente dentro del personal Técnico de la planta permanente de la Municipalidad de Castelli, y
Considerando
Que es necesario crear el mencionado cargo a los fines de prestar el servicio que se ha incorporado al hospital municipal,
Que la Dirección de Salud fijara la carga horaria y los días en que los médicos deban concurrir a cumplir sus tareas.-
Que se debe dictar el acto administrativo ad referéndum de la posterior aprobación por parte del H.C.D.,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
D E C R E T A :
ARTICULO 1º: Créase a partir de hoy un cargo de Mecánico Dental Asistente dentro la Subjurisdicción 1110114000 - Secretaria de Salud – Apertura Programática 51.02.00 – Servicio de Consultorio Externo – 1.1.1.3. – Personal Profesional – Coeficiente 422.-
ARTÍCULO 2º: El presente cargo se crea para una carga horaria de 30 horas semanales.-
ARTICULO 3º: La creación del cargo precedente no implica modificación presupuestaria alguna por encontrarse las partidas respectivas con crédito suficiente.-
ARTÍCULO 4º: Modifíquese el artículo 5º de la Ordenanza registrada bajo el número 32/21 y sus modificatorias el qué quedara redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 5º.- Fíjese en 430 y en 185 los números de cargos de la Planta Permanente (incluidos los señores Concejales) y de la Planta Temporaria, respectivamente, conforme con las Planillas que como ANEXO II, III y IV forman parte integrante de la presente Ordenanza”.-
ARTICULO 5º: Ténganse por modificado el Anexo IV mencionado en el artículo 14º de la Ordenanza 32/21 y sus modificatorias en el que se tendrá por incorporado el nuevo cargo que como Anexo I se agrega a la presente.-
ARTICULO 6º: La presente modificación quedará firme y aprobada por parte del H.C.D. en oportunidad de que se eleve alguna modificación presupuestaria para su aprobación.-
ARTICULO 7º: Comuníquese a Contaduría, a Tesorería, a Administración de Personal a sus efectos.-
ARTICULO 8º: Cúmplase, dese al registro municipal y archívese.-