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Decreto Nº782-22

Decreto Nº 782-22

Castelli, 10/06/2022

Visto

La necesidad de fomentar el empleo dentro de lo establecido por el Marco Legal (Ley Orgánica Municipal, etc.),

Considerando

Que el Marco Legal prevé que la instrumentación de (planes sociales, de empleo, de capacitación, de desarrollo comunitario,  o lo que corresponda) es responsabilidad de la Secretaria de Gobierno.

Que ante la existencia de políticas y acciones referidas a los servicios de empleo en desarrollo en los ámbitos Nacional, Provincial y Municipal, resulta prioritario destinar a escala Municipal los recursos institucionales y los instrumentos específicos para abordar la problemática de la atención de personas con problemas de empleo y de los servicios de empleo en general.

Que la capacitación y la orientación laboral resultan indispensables en el seno de un mercado laboral cambiante, exigente y competitivo para las personas que buscan empleo o que necesitan mejorar su situación laboral.

Que los servicios en cuestión resultan fundamentales tanto para potenciar el desarrollo económico y el incremento de la producción de bienes y servicios como para que estos redunden en un mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y aporten fundamentos a las decisiones públicas en la materia.

Que el Municipio cuenta con los conocimientos y los recursos humanos y materiales que, orientados en este sentido, contribuirán al diseño e implementación de estos servicios y de las políticas de empleo en general.

Que lo dispuesto por este no implica erogaciones especiales que modifiquen la asignación presupuestaria vigente.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,

DECRETO:

Artículo 1°: La Oficina  Municipal de Empleo dependerá funcionalmente de la Secretaria de Gobierno y será financiada mediante el presupuesto correspondiente a la dependencia mencionada. Tendrá sede en calle 9 de Julio y Nardillo, Cede DIAT.

 

ARTÍCULO 2°: El  equipo técnico de la Oficina de Empleo estará conformado por:

  • Inés Cisneros (Coordinadora)
  • Fiorela Giménez
  • Federica Calvella
  • Camila Pereyra

   

ARTÍCULO 3°: Designase en el cargo de Coordinadora de la Oficina de Empleo al Sr. / Sra. Inés Cisneros DNI 36.812.019.-

 

ARTICULO 4º: Cúmplase, dése al Registro Municipal y archívese.-