Boletines/Campana
Decreto Nº 3/23
Campana, 04/01/2023
Expediente Municipal Nº 4016-7083-2018 Contratación Anestesistas
Visto
La Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria; suscripto el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley N° 14.656 y convalidados por Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017; la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v), el Decreto N° 07/22 y N° 184/22 (t.v.), el expediente Nº 4016-7083-2018; y
Considerando
Que a fs. 1135 del expediente Nº 4016-7083-0-2018, mediante el Decreto DECTO-2022-7-E-MUNICAM-INT, del 25 de Enero de 2022, se aprueba la prorroga de la contratación de los servicios locados de los Médicos Anestesiólogos José Ramón Resola (DNI 17.553.807), Adrián Rey (DNI 18.481.769), Alfio Rey (DNI 23.973.671), Manuel Omar Berdullas (DNI 25.000.298), Ángel Osmar Romero (DNI 11.772.385); y de proceder a la contratación de dos nuevos Dres. Neivert Francisco Jorge Jesús (DNI 34.678.007) y Rovetto Luciano Andrés (DNI 35.291.723); todos suscriptos en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánicas de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles allí indicados.
Que a fs. 1440, la Secretaría de Salud manifiesta su intención de prorrogar la contratación del servicio de anestesiología con los Dres. Resola José Ramón (DNI 17.553.807), Adrían Rey (DNI 18.481.769), Alfio Rey (DNI Nº 23.973.671), Manuel Omar Berdullas (DNI 25.000.298) y Angel Osmar Romero (DNI 11.772.385).
Que existen circunstancias especiales y urgentes que no hacen a la actividad normal y permanente de la Administración, que demandan obras y/o actividades a cargo del Municipio, la cual torna necesaria la contratación, de personal profesional especializado y/o técnicos especializados y capacitados para nuevos métodos de trabajo y tecnologías, que desarrolle actividades de un objetivo especifico de carácter de carácter excepcional y extraordinario tendiente a la materialización de nuevos proyectos, no sujeto a regímenes horarios, disciplinario o licencias, dado que tales tareas resultan imposible de concretar con el actual personal profesional, técnico idóneo en la materia, y que no existe perjuicio al erario público demostrable para la comparación entre el costo de los contratos y los trabajos encomendados a los contratados.
Que los antecedentes de los profesionales Médicos Anestesiólogos a contratar lucen en el Expediente Municipal N° 4016- 7083-2018.
Que a fs. 1467/1471 lucen las planillas de alta de proveedor de los profesionales a contratar para el periodo 2023.
Que a fs. 1476 la Dirección de Presupuesto ratifica imputación presupuestaria.
Que a fs.1478 Contaduría Municipal toma conocimiento sin objeciones contables al respecto.
Que a fs. 1479 la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, legislativos y Empleo Público intervino, obrando dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza N° 6613, promulgada por el Decreto N° 537/17, dentro de lo contemplado por el artículo N° 1 de la Resolución Conjunta N° 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prorroga de la contratación del servicio locado de los médicos Anestesiólogos Dres. ADRIÁN REY (DNI 18.481.769), ALFIO REY (DNI Nº 23.973.671), MANUEL OMAR BERDULLAS (DNI 25.000.298) y ANGEL OSMAR ROMERO (DNI 11.772.385), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles detallados a continuación: Aranceles Anestesiología del 01/01/2023 al 30/06/2023: MAYOR B $ 5621,74, MAYOR D $ 6.348,68, MAYOR E $ 6.814,17, MAYOR F $ 8.355,89, MAYOR I $ 9.811,58, ESPECIAL A $ 11.300,54, ESPECIAL B $ 13.000,63, ESPECIAL C $ 14.934,02, ESPECIAL D $ 17.178,59, ESPECIAL E $ 19.576,51, ESPECIAL F $ 22.517,05, ESPECIAL G $ 26.112,42, ESPECIAL H $ 30.045,92, ESPECIAL I $ 34.535,07, ESPECIAL J $ 39.724,19, ESPECIAL K $ 45.691,19, ESPECIAL L $ 52.547,09, ESPECIAL M $ 53.676,45, ESPECIAL N $ 69.481,37, ESPECIAL O $ 79.926,32, ESPECIAL P $ 91.915,81, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica $ 1.677,80, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 24.956,77, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 103.488,84 y Aranceles Anestesiología del 01/07/2023 al 31/12/2023: MAYOR B $ 7.308,26, MAYOR D $ 8.253,28, MAYOR E $ 8.858,42, MAYOR F $ 10.862,66, MAYOR I $ 12.755,05, ESPECIAL A $ 14.690,771, ESPECIAL B $ 16.900,82, ESPECIAL C $ 19.414,22, ESPECIAL D $ 22.332,16, ESPECIAL E $ 25.683,47, ESPECIAL F $ 29.272,16, ESPECIAL G $ 33.946,15, ESPECIAL H $ 39.059,70, ESPECIAL I $ 44.895,59, ESPECIAL J $ 51.641,44, ESPECIAL K $ 59.398,54, ESPECIAL L $ 68.311,21, ESPECIAL M $ 69.779,39, ESPECIAL N $ 90.325,78, ESPECIAL O $ 103.904,22, ESPECIAL P $ 119.490,55, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica. $ 2.181,14, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 32.443,80, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 134.535,49; todos con IVA incluido, dichos montos podrán ser ampliados por acuerdo expreso de ambas partes, como así también la opción de prorroga hasta un mismo periodo.-
ARTÍCULO 2º. Apruébase la prorroga de la contratación del servicio locado del médico Anestesiólogo Dr. JOSÉ RAMÓN RESOLA (DNI 17.553.807), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, y en el artículo 148 del Decreto – Ley Nº 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), con retroactividad al 01 de Enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, para las prestaciones de anestesia en cirugías programadas y de urgencias, prácticas diagnósticas o terapéuticas, según diagrama del mencionado servicio durante las 24 horas los 365 días del año, de acuerdo a los aranceles detallados a continuación: Aranceles Anestesiología del 01/01/2023 al 30/06/2023: MAYOR B $ 5621,74, MAYOR D $ 6.348,68, MAYOR E $ 6.814,17, MAYOR F $ 8.355,89, MAYOR I $ 9.811,58, ESPECIAL A $ 11.300,54, ESPECIAL B $ 13.000,63, ESPECIAL C $ 14.934,02, ESPECIAL D $ 17.178,59, ESPECIAL E $ 19.576,51, ESPECIAL F $ 22.517,05, ESPECIAL G $ 26.112,42, ESPECIAL H $ 30.045,92, ESPECIAL I $ 34.535,07, ESPECIAL J $ 39.724,19, ESPECIAL K $ 45.691,19, ESPECIAL L $ 52.547,09, ESPECIAL M $ 53.676,45, ESPECIAL N $ 69.481,37, ESPECIAL O $ 79.926,32, ESPECIAL P $ 91.915,81, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica $ 1.677,80, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 24.956,77, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 103.488,84 y Aranceles Anestesiología del 01/07/2023 al 31/12/2023: MAYOR B $ 7.308,26, MAYOR D $ 8.253,28, MAYOR E $ 8.858,42, MAYOR F $ 10.862,66, MAYOR I $ 12.755,05, ESPECIAL A $ 14.690,771, ESPECIAL B $ 16.900,82, ESPECIAL C $ 19.414,22, ESPECIAL D $ 22.332,16, ESPECIAL E $ 25.683,47, ESPECIAL F $ 29.272,16, ESPECIAL G $ 33.946,15, ESPECIAL H $ 39.059,70, ESPECIAL I $ 44.895,59, ESPECIAL J $ 51.641,44, ESPECIAL K $ 59.398,54, ESPECIAL L $ 68.311,21, ESPECIAL M $ 69.779,39, ESPECIAL N $ 90.325,78, ESPECIAL O $ 103.904,22, ESPECIAL P $ 119.490,55, EVALUACION ANESTESICA (EV) Evaluación Anestésica. $ 2.181,14, DISPONIBILIDAD GUARDIA 8 (DG) 24 hs. lunes a viernes $ 32.443,80, DISPONIBILIDAD GUARDIA 24 hs. Sáb./Dom./Feriados $ 134.535,49; todos con IVA incluido y por su función de “Coordinador” por un monto mensual de PESOS CIENTO OCHENTA MIL CON CERO CENTAVOS ($ 180.000,00) desde el 01/01/2023 al 30/06/2023 y la suma mensual de PESOS DOS CIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CON CERO CENTAVOS ($ 234.000,00), haciendo un total anual por dicha función de PESOS DOS MILLLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON CERO CENTAVOS ($ 2.484.000,00), con IVA incluido, dichos montos podrán ser ampliados por acuerdo expreso de ambas partes, como así también la opción de prorroga hasta un mismo periodo.-
ARTÍCULO 3º.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del contrato de locación de servicios, a suscribirse con los médicos Anestesiólogos JOSÉ RAMÓN RESOLA, ADRIÁN REY, ALFIO REY, MANUEL OMAR BERDULLAS y ANGEL OSMAR ROMERO, en los términos del artículo 1° y 2° del presente.-
ARTÍCULO 4°.- Establécese que previo se deberán tramitarse las respectivas solicitudes de pedido y gastos; debiendo la Secretaría de Economía y Hacienda, y por intermedio de las dependencias que correspondan, efectuar las tramitaciones correspondientes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomará de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”, Programa 18.04.00 “Anestesiología”, Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2023.-
ARTÍCULO 6°.- Refréndase el presente Decreto por el Señor Secretario Técnico, Administrativo y Legal, la Señora Secretaria de Salud y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 7º.- Regístrese; comuniquese; notifíquese y archívese.-