Boletines/General Villegas
Decreto Nº 96/18
General Villegas, 17/01/2018
Visto
El Expediente Nº 294/17, correspondientes al Concurso de Precios Nº 2/17 destinado a la “Adquisición de carpintería de aluminio” para la obra “Terminación de Salón de Usos Múltiples – Escuela Primaria Nº 45”, adjudicado por Decreto Nº 423/17; y
Considerando
Que a fojas 137 y 138, la Directora de Edificios acompaña Actas de Recepción Provisoria y Definitiva de fecha 29 de noviembre y 29 diciembre del año 2017, respectivamente y manifiesta que debería procederse a la devolución del Pagaré sin protesto certificado aportado en concepto de garantía de mantenimiento de Oferta y el dinero en efectivo retenido por sustitución de Fondos de Reparo correspondientes al 5% de cada certificado de obra, al adjudicatario Gastón Barrios.
Que a fojas 141, Contaduría Municipal informa imputación.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 2/2017 destinado a la “Adquisición de carpintería de aluminio” para la obra “Terminación de Salón de Usos Múltiples – Escuela Primaria Nº 45”, según acta del día 29 de noviembre de 2017 suscripta con el señor Gastón Barrios en su carácter de adjudicatario, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 294/2017.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos pertenecientes al concurso de precios mencionado en el Artículo Primero, según Acta del día 29 de diciembre de 2017 firmada con el señor Gastón Barrios, conforme las constancias obrantes en el Expediente Nº 294/2017.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase al señor Gastón Barrios, el pagaré sin protesto certificado por la suma de pesos treinta y nueve mil ($ 39.000) aportado en concepto de garantía de oferta del concurso mencionado en el artículo primero
ARTÍCULO CUARTO: Devuélvase al señor Gastón Barrios el dinero en efectivo retenido por sustitución de fondos de reparo, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO QUINTO: La presente erogación deberá ser imputada a la siguiente Partida:
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Edificios Públicos Administración y Salud, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.