Boletines/General Villegas
Decreto Nº 93/18
General Villegas, 17/01/2018
Visto
El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Naldo Lombardi S.A. c/ López Moira s/ Cobro Ejecutivo - Expte Nº 26.893/17” registrado como Expediente Nº 13285/17 Alcance 1, solicitando se trabe embargo por el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe la agente Moira López D.N.I. 21.835.390 y se deposite en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas, a nombre del juzgado; y
Considerando
Que del libramiento del oficio surge que el embargo es en concepto de capital hasta cubrir la suma de pesos treinta y cuatro mil ($ 34.000) con más la del 50% para responder a intereses, gastos y costas de la ejecución, sumas que deberán ser depositadas en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal local.
Que a fojas 4, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos del agente y determinando que corresponde trabar en un 10% sobre los haberes a percibir por el agente previa deducción de los aportes de ley.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 7, solicitando se autorice a descontar mensualmente el 10% sobre los haberes que percibe la agente, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, conforme lo requerido por el Juzgado interviniente.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 9.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a retener el 10 % sobre los haberes que percibe la agente Moira Paola López D.N.I. Nº 21.835.390, Legajo Personal Nº 3370, agente planta permanente, 285 módulos, 48 horas semanales hasta cubrir la suma de pesos cincuenta y un mil ($ 51.000), conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas, en autos caratulados “Naldo Lombardi S.A. c/ López Moira s/ Cobro Ejecutivo - Expte Nº 26.893/17 registrado como Expediente Nº 13285/17 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la cuenta judicial Nº 027-501775/0, CBU Nº 0140355627665750177500 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal General Villegas, a nombre del Juzgado de Paz Letrado de General Villegas y para los autos aludidos precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.