Boletines/Chascomús

Decreto Nº236/23

Decreto Nº 236/23

Chascomús, 09/03/2023

CONV. CUARTA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS OBRA PAVIMENTACIÓN CALLE COLOMBIA CALZADA SUR

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-152804/M Alcance 23 caratulado “Cuarta Redeterminación de Precios de Obra – Pavimento Acceso Colombia Calzada Sur – Etapa I”; y

Considerando

Que mediante Decreto 310/21 se adjudicó la Obra “Pavimentación Acceso Avda. Colombia – Etapa I – Calzada Sur” a la asociación de empresas “GyC CONSTRUCCIONES S.A. – PLAYA CONSTRUCCIONES S.R.L. (Avenida Colombia).

Que se suscribió contrato entre la Municipalidad de Chascomús y las adjudicatarias representadas por su representante legal Ing. Juan José Gárriz el día 18 de Junio de 2021 por un monto de Pesos Ochenta y Cuatro Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Siete con 09/100 ($84.885.947,09).

Que por aplicación del régimen establecido por el Decreto 691/16 se ha procedido a la redeterminación de los precios del contrato de la obra al mes de Abril de 2022.

Que se suscribió con fecha 10.02.23 entre la contratista y la Municipalidad de Chascomús el Acta Acuerdo de Redeterminación de los Precios del Contrato por un importe de Pesos Cuarenta y Dos Millones Cuatrocientos Setenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Siete con 87/100 ($42.475.847,87), conforme surge de la documentación agregada al Alcance 23 del Expediente Administrativo N° 4030-152804/M debiendo adjuntarse la correspondiente Póliza de Seguro de Caución en garantía del monto redeterminado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Convalidase Acta de Acuerdo de Redeterminación de los Precios del Contrato al mes de Abril de 2022 del Alcance Nº 23 del Expediente Nº 4030-152804/M - Licitación Pública Nº 4/21 “Cuarta Redeterminación de Precios de Obra – Pavimento Acceso Colombia Calzada Sur – Etapa I”.-

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 44.76.00, Partida 4.2.2., Fuente de Financiamiento 133 (Afectado de origen nacional) Rubro del Recurso 22.02.01.08 – Convenio Vialidad Nacional – Sostenimiento de la Red Troncal (Av. Colombia).-

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras Públicas y Servicios Sanitarios, Contaduría, Tesorería, Dirección de Presupuesto, a la Dirección Nacional de Vialidad y a la asociación de empresas “GyC CONSTRUCCIONES S.A. – PLAYA CONSTRUCCIONES S.R.L. (Avenida Colombia).-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Interino (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Obras y Servicios Sanitarios (Jorge Marino).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-