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Ordenanza Nº3975/22

Ordenanza Nº 3975/22

Rojas, 15/12/2022

VISTO:La solicitud de habilitación de servicio de agua efectuada por Livia Isabel ALMAR en representación de los condóminos titulares del loteo ubicado catastralmente en Circunscripción II, Sección A, Quinta 12, Parcelas1 y 2. y;

CONSIDERANDO: Que, brindar el servicio de agua solicitado sobre los terrenos sujetos a subdivisión devenga indefectiblemente un gravamen tributario.-

Que, amén de estar en tramite la aprobación de la subdivisión y, en pos de que este municipio obtenga recursos devengados de la recaudación de tasas podría otorgarse dicho servicio.-

Que, el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra sumamente facultado para efectuar el cobro de las tasas municipales que gravan los mismos según la naturaleza de su hecho imponible.-.

Que de la petición, surge que los condóminos titulares, prestan absoluta conformidad para que no solo este municipio perciba la tasas derivadas del servicio de agua potable - servicios sanitarios- , sino que también manifiestan conformidad para que se perciban los tributos relacionados con Alumbrado Público, Limpieza y Barrido y/o cualquier otro concepto tipificado por el hecho imponible tales como contribuciones y mejoras.-.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facúltase a la Direccion de Rentas al cobro de las tasas, derechos y/o contribuciones de mejoras sobre cada lote individualizado que surge del Inmueble ubicado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Quinta 12, Parcela 1 y 2 - de origen- y que como Anexo I se acompaña a la presente según Proyecto de Subdivisión.-

Artículo 2º: La autorización conferida en el Artículo 1º del presente proyecto de Ordenanza tendrá carácter transitorio hasta tanto se apruebe la subdivisión por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires - valor tierra y tasas municipales -.

Artículo 3º: A los fines de proceder a liquidar las tasas y derechos correspondientes se aplicará la Ordenanza Fiscal y la Ordenanza Impositiva vigente.-.

Artículo 4º: Comuníquese, regístrese y archívese.-.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Rojas en su segunda sesión ordinaria de prórroga 15 de diciembre de 2022

Sr. Fernando Luciani                                                                                                                                Lic.Diego Peréz Delbaldo

Secretario                                                                                                                                                         Presidente