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Ordenanza Nº5540

Ordenanza Nº 5540

Bragado, 27/03/2023

Visto Que en 2023 el país transitará por sus primeros cuarenta años ininterrumpidos de gobiernos surgidos de la voluntad popular  y de regreso al Orden Constitucional y la Vida Democrática, al Estado de Derecho y al respeto a los derechos humanos; luego de la más grande y terrible tragedia que sufrió la Nación, y Considerando Que vivir ininterrumpidamente bajo el imperio de la Constitución y de la Ley, comprender que un pueblo sólo puede preservar sus más sagrados y esenciales derechos individuales y colectivos, bajo la efectiva vigencia de los valores y principios democráticos, tales como institucionalidad, la división de poderes, el pluralismo político y responsabilidad de sus gobernantes, es destacable y relevante. Que las históricas elecciones del 30 de Octubre de 1983 y la asunción de los gobernantes y representantes elegidos y los Poderes Públicos puestos en funciones según el Orden Constitucional, el 10 de diciembre de ese año, cuya simbolización es la ascensión del Presidente y Vicepresidente electos – el Dr. Raúl Ricardo Alfonsín y el Dr. Víctor Hipólito Martínez –, de los 22 gobernadores y vicegobernadores de entonces, así como de los titulares de las Municipalidades y Comunas argentinas – en el nivel local, la ascensión del Intendente Ricardo Vicente Ienco y la constitución del Concejo Deliberante – resulta un motivo de conmemoración, homenaje y reflexión. Que esos hitos históricos de nuestro país resultaron un símbolo y un foco para la restauración de la democracia en América Latina, por entonces plagada de dictaduras: Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, entre otros, encontraron en la jovencísima democracia argentina el respaldo, fomento, apoyo y protección a sus luchas para establecer el imperio de la voluntad popular. Que, hoy, a cuarenta años del restablecimiento de la vuelta a la Constitución, no es momento de hacer ni la apología ni el panegírico de un liderazgo, de un partido político, ni de una administración, sino de evocar una brega por ideales y valores en fechas que nos unen como pueblo y como país. Que eso debe ser una militancia cotidiana y permanentemente mantenida en la memoria colectiva a fin de robustecer la vigencia de los principios democráticos y las virtudes y formas republicanas. Que la presente norma no pretende resultar una mera marca en el calendario de las comunicaciones oficiales sino la concientización para las generaciones actuales y futuras respecto de los desafíos que, aún, enfrenta la sociedad a pesar de estos primeros cuarenta años de institucionalidad democrática ininterrumpida. Que es dable evocar todo aquello que costó conseguir para, así, tener presente el desafío de afianzar el sistema republicano y de tornar efectivos los principios y garantías que brindan fundamento ético a la democracia que, siempre, será meta y objetivo, inspiración, ilusión y anhelo. Que son de observancia los artículos 24 y 25 del Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 5540/23

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.- Declárase al año 2023 como "Año del 40º Aniversario de la Recuperación del Orden Constitucional y la Vida Democrática”. ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que toda documentación oficial producida y emanada de los dos Departamentos de la Municipalidad de Bragado, deberá contener la leyenda: "2023 – 40º Aniversario de la Recuperación del Orden Constitucional y la Vida Democrática”. ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo propiciará la realización de actividades alusivas. ARTICULO 4º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-