Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 141/2023
Benito Juarez, 14/03/2023
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 145/2022, en el cual de fs. 28, 38, 42 y 57 el Director General de Servicios informa que el agente BORCHI NICOLAS MARCELO (L.P. 3732) se ha ausentado a su lugar de trabajo los días 16, 17, 18, 19, 20, 24, 27, 30 y 31 de Enero, 22, 23, 24, 27, 28 de Febrero y 1, 2 de Marzo del corriente año;
QUE de acuerdo a la documentación obrante a fs. 39, 41, 58 y 59 se garantizó el derecho de defensa del agente;
QUE se encuentra debidamente acreditado el incumplimiento de la obligación impuesta por el art. 81 inciso a) del C.C.T.M., que a continuación se transcribe, en su parte pertinente: “Sin perjuicio de lo que particularmente imponga las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario (…) conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal;
QUE consecuentemente con ello se puede concluir que su conducta se adecua a la falta disciplinaria prevista en el art. 84 inc. 3) del C.C.T.M. “Negligencia en el incumplimiento de sus tareas”, por las inasistencias injustificadas antes mencionadas;
QUE de acuerdo a lo establecido en el art. 110 del C.C.T.M a los efectos de la graduación de la sanción, se consideran reincidentes a los trabajadores que hayan sufrido alguna sanción o correctivo dentro del plazo de 2 años a la fecha de comisión de una nueva falta, en virtud de lo cual deberá tenerse en cuenta las siguientes sanciones: Llamado de Atención, dispuesta el día 11/08/2022 mediante Resolución Municipal Nº 353/2022 y Apercibimiento dispuesto por Resolución Nº 45/2023 del 17/01/2023;
QUE a fs. 60 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos sugiriendo aplicar la sanción de 5 días de suspensión al agente Borchi, más el descuento de dos días de ausencia injustificada, informando que el resto de las ausencias mencionadas precedentemente, fueron descontadas oportunamente de forma conjunta con los haberes de los meses de Enero y Febrero del corriente año;
QUE a fojas 63 y 64 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, aduciendo que el art. 83 inc. c) del C.C.T.M. autoriza la aplicación de la sanción propuesta, por lo que sugiere proceder a dicha sanción;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar la sanción de “CINCO DIAS DE SUSPENSIÓN” sin goce de haberes, al agente BORCHI NICOLAS MARCELO (L.P. 3732) de acuerdo a lo normado en el art. 83 inc. c) del C.C.T., el cual autoriza a la sanción propuesta por negligencia en sus funciones, y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 145/2022.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar de los haberes del agente BORCHI NICOLAS MARCELO (L.P. 3732), dos (2) días de ausencia injustificada (23, 24, 27 y 28 de Febrero y 1, 2 de Marzo del 2023), de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 145/2022.
Artículo 3º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y
SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 141-