Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº118/2023

Resolución Nº 118/2023

Benito Juarez, 01/03/2023

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “S” Nº 107/17, en el cual a fs. 136 la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” informa que la agente MARINI MARIA DE LOS ANGELES (L.P. 3378) no se presentó a su lugar de trabajo el día 26 de Febrero del corriente año; y

Considerando

según constancias de las presentes actuaciones (fs. 137) de ha garantizado el derecho a la defensa;

QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCTM)  en su inc. a) dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”.

QUE el art. 53 del CCTM establece: “La inasistencia se tendrá por injustificada cuando: a) El trabajador no diere aviso en el término indicado (…”) “(…) dentro de las primeras dos (2) horas de la iniciación de su turno de trabajo (Art. 66)Que su artículo siguiente expresa: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure si ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;

QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones;

QUE a fs. 139 y 140 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna sugiriendo aplicar la sanción de siete (7) días sin goce de haberes a la agente Marini;           

QUE el art. 84 inc. 3) del CCT autoriza la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. c) de dicho Convenio;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar sanción de SUSPENSION DE SIETE (7) días, sin goce de haberes, a la agente MARINI MARIA DE LOS ANGELES (L.P. 3378) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. c) del Convenio colectivo de Trabajo y a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 107/17.

Artículo  2º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud, Contaduría del Ente   Auditoría cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº  118.-