Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 79/2023
Benito Juarez, 07/02/2023
Visto
lo actuado en Expte. Letra “S” Nº 14/15, en el cual a fs. precedentes obran notas remitidas por el Director General de Servicios donde informa que el agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245) no se ha presentado a trabajar, sin justificativo alguno, los días 2 y 25 de Noviembre; 21, 23 y 26 de Diciembre del 2022; 2, 4, 5, 6, 20, 23, 27 y 30 de Enero y 1º de Febrero de 2023; y
Considerando
según constancias de fs. 135, 140, 144 y 150 se ha garantizado al agente el derecho a defensa (conf. Art. 24 de la Ley 14656);
QUE el art. 52 del C.C.T.M. establece:“La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;
QUE el art. 86 del C.C.T.M. establece: “(…) El trabajador que incurra en inasistencias sin justificar será sancionado (…) inc. b) Por cinco (5) inasistencias en el término de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días entre la primera y la tercera registradas en el lapso de hasta dos (2) años, a contar de la ultima que motivó la sanción anterior: quince (15) días de suspensión”;
QUE a fs. 153 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos, solicitando la sanción mencionada más el descuento de tres (3) días de ausencia injustificada (27, 30 de Enero y 1 de Febrero del 2023) e informa que el resto de las faltas mencionadas fueron descontadas oportunamente;
QUE a fojas 154 y 155 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo para proceder a la suspensión de quince (15) días sin goce de haberes del agente en cuestión, más el descuento de las ausencias injustificadas;
QUE el Sr. Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar la sanción de “QUINCE DIAS DE SUSPENSIÓN” sin goce de haberes, al agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245) de acuerdo a lo normado en el art. 86 del C.C.T.M., y a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 14/15.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar de los haberes del agente EZPELETA MANUEL JAVIER (L.P. 3245), tres (3) días de ausencias injustificadas (27/01/2023, 30/01/2023 y 01/02/2023), de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 14/15.
Artículo 3º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS INTERINO
ING. NAHUEL AFFONSO
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 79-