Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 72/2023
Benito Juarez, 07/02/2023
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 219/2022, en el cual a fs. 10 el Director de Turismo informa que la agente VAZQUEZ VERONICA LUCIANA (L.P. 3163) no se presento a trabajar el día 16 de Enero del corriente año, sin justificativo alguno; y
Considerando
que según constancias de fs. 12 se ha garantizado el derecho a defensa del agente (conf. art. 24 de la Ley 14.656);
QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.M.), referente a las obligaciones del trabajador, en su inc. a) dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)” (Art. 54 del C.C.T.M.;
QUE a fojas 13 la Directora General de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de Apercibimiento e informa el descuento efectuado a la agente mencionada, conjuntamente con los haberes del mes de Enero del corriente año;
QUE a fojas 15 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo, aduciendo que se encuentra debidamente acreditado que la agente referenciada incurrió en negligencia en el cumplimiento de sus tareas, encuadrándose su conducta en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del Convenio Colectivo de Trabajo, por tanto resulta viable la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. b) de dicho Convenio;
QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar sanción de APERCIBIMIENTO a la agente VAZQUEZ VERONICA LUCIANA (L.P. 3163) teniendo en cuenta que a la mencionada agente se le ha descontado el día de ausencias injustificadas con los haberes del mes de Enero del corriente año, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. b) del C.C.T. y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 219/2022.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Dirección de Turismo y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 72.-