Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 267/2023
Benito Juarez, 15/02/2023
Visto
lo informado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social en el Expediente Letra “D” Nº 33/12, respecto de que los días 19, 20 y 21 de Febrero de 2023 se llevará a cabo la fiesta de “Carnavales 2023” en la ciudad cabecera del Partido de Benito Juárez, organizada por la Secretaría de Desarrollo Social conjuntamente con la Dirección de Cultura;
Considerando
que se trata de una fiesta popular, tradicional, religiosa en la cual se integra y vincula la comunidad sin distinción de raza, credo, condición social, sexo;
QUE la misma se concentrará en la Plaza “Independencia” y tendrá su desarrollo en las calles céntricas de nuestra ciudad, donde se contará con la presencia de comparsas armadas por los asistentes a los CAI barriales, al Programa ENVION y al Centro de Día “Apostando a la Vida y Apapacho”, murgas y espectáculos musicales en vivo para disfrutar en familia;
QUE es intención del Departamento Ejecutivo promover e incentivar a las distintas instituciones a participar de esta fiesta popular y familiar, por lo que resulta necesario reglamentar los premios a otorgar y la conformación del jurado;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Declárese de INTERÉS MUNICIPAL los distintos eventos a llevarse a cabo en nuestro Partido, con motivo de celebrarse la fiesta de Carnavales 2023.
Artículo 2º.- Apruebase el Reglamento correspondiente, que forma parte del presente como Anexo I de la fiesta de “Carnavales 2023” a realizarse los días 19, 20 y 21 de Febrero de 2023, teniendo su epicentro en la Plaza “Independencia” y su desarrollo en las calles céntricas de la ciudad de Benito Juárez, organizado conjuntamente por la Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de Cultura.
Artículo 3º.-Autorizase a Contaduría a efectuar los pagos que demande el evento del artículo precedente.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Desarrollo Social.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Secretarías de Gobierno, de Desarrollo Social, Dirección de Cultura y Educación, Jefatura de Gabinete, Contaduría y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
PROF. MARIA T. RICCI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 267.-