Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº1104/2022

Decreto Nº 1104/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 19/12/2022

Visto

El Expediente 4055-332-2021, Alcance I, Ref. Llamado a Licitación – 25 Viviendas- Programa Bonaerense Solidaridad II (contratación mano de obra); y

Considerando

Que con fecha 03 de Enero de 2022 se firmó contrato de obra con el Sr. Carlos Alberto Barcos;

Que dicho contrato establecía un plazo de ejecución de obra de doce (12) meses a partir de la fecha de iniciación de la misma;

Que con fecha 16 de Diciembre de 2022, la Responsable a cargo de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de esta Comuna, considera de importancia poder plantear la necesidad de impulsar como adicional del contrato oportunamente suscripto, para realizar trabajos que se consideran convenientes y necesarios; tales como Instalación Sanitaria: provisión de agua fría y caliente; Instalación de Gas; Instalaciones Eléctricas: Pilar de acometidas eléctrica domiciliaria, Tablero de electricidad, Boca de electricidad, Boca sin cableado con pipeta para TV TE, Boca timbre, Campanillas, Caja, Cableado y Pulsador; Cielorraso suspendido de durlock placa; Revoque fino interior; Carpintería: colocación de pre marcos;

Que según lo normado por el Artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades: “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítem contratados o creación de nuevos ítem cuyo valor no exceda en conjunto del veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista. También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución, siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50) por ciento del monto total contratado…”

Que en dicho marco legal puede encuadrarse la ejecución de la obra, ya que el contrato con el proveedor Carlos Alberto Barcos, es por un monto de $ 80.512.970,49.- y el presente adicional tiene una incidencia equivalente al 50% del contrato oportunamente celebrado, ascendiendo a la suma de  $ 40.250.000.-, para la ejecución de dichas tareas se considera impulsar una ampliación de plazo equivalente a doscientos cuarenta (240) días corridos, con incidencia en el plazo contractual, llevando como fecha aproximada de terminación 02-09-2023;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

D E C R E T A:

ARTICULO 1º: Autorícese el adicional para la obra “Construcción 25 Viviendas Programa Bonaerense II Solidaridad”, por la suma de Pesos Cuarenta Millones Doscientos Cincuenta Mil ($ 40.250.000.-) que representa una incidencia equivalente al  50% del valor contractual oportunamente suscripto con el proveedor Carlos Alberto Barcos, DNI Nº 16.643.887, en el marco legal establecido por el Artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Para la ejecución de dichas tareas se considera impulsar una ampliación de plazo equivalente a doscientos cuarenta (240) días corridos, con incidencia en el plazo contractual, llevando como fecha aproximada de terminación 02-09-2023.-

 

ARTICULO 2º: Tomen razón Contaduría, Oficina de Contrataciones y Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

 

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-