Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3456/22

Ordenanza Nº 3456/22

Arrecifes, 14/12/2022

VISTO:

La necesidad que tienen los comerciantes de la cuidad de Arrecifes de que se le otorgue la habilitación comercial de una manera rápida y transparente y;

CONSIDERANDO:

Que las Barreras Arquitectónicas y la Prevención contra Incendios de un edificio comercial deben surgir desde el proyecto arquitectónico, estudiado por un profesional en la materia previo a la aprobación del municipio.

Que todo lo que respecta en materia de Higiene y Seguridad no es un accesorio que pueda adherirse luego de haber presentado el proyecto de construcción.

Que es una necesidad contar con un mecanismo alternativo que brinde mayor celeridad, rapidez y transparencia en el trámite de habilitación para comercios.

Que la presente disposición tiende a facilitar el trámite de habilitación de aquellos comercios cuya naturaleza debido a su actividad comercial no implica un riesgo para las personas que concurren al establecimiento.-

Que el objetivo de la disposición es que profesionales en materia de seguridad y siniestros puedan certificar la aptitud de los establecimientos comerciales para su normal desarrollo.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal que los planos que conforman el Legajo de Obra de un local comercial de la ciudad de Arrecifes, de ahora en adelante deben incluir antes de ser aprobados por la municipalidad, desde el proyecto,  el estudio en cuanto la Prevención de Riesgos y todo lo que respecta en materia de Higiene y Seguridad, Prevención contra Incendios, Barreras Arquitectónicas, Rampas de Acceso, Salidas de Emergencia, cálculo para colocación de hidrantes, sistema de rociadores para aquellos locales comerciales con más de 1000 m2, puertas con abertura hacia el exterior.

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a exigir al titular del comercio a habilitar, un certificado que consta de un informe que será suscripto por un profesional en la materia, en donde se detalla el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad, (indicadas en el marco normativo vigente nacional, provincial y municipal)  de esta forma el titular del comercio podrá contratar los servicios profesionales externos al municipio, lo que generaría una reorganización y desburocratización a la hora de llevar adelante los trámites para la habilitación de los locales comerciales.

Artículo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a exigir que la elaboración de este informe requiera un relevamiento del establecimiento en el cual se evalúan las condiciones edilicias, constructivas, sanitarias y de seguridad, teniendo como objetivo desarrollar acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y bienes, proporcionando una respuesta adecuada ante posibles situaciones de evacuación y/o emergencia. Para esto, el profesional deberá incorporar conocimientos de Higiene y Seguridad aplicados a la arquitectura, que le permitirá ejercer su alcance laboral en el marco de exigencias legales.

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal autorizará a Licenciados en Higiene y Seguridad, Ingenieros o Arquitectos especializado en Higiene y Seguridad matriculados, a realizar dicho certificado.

Artículo 5°: La presente disposición será de aplicación en todas habilitaciones municipales que el Departamento Ejecutivo Municipal considere la necesidad de intervención en cuanto a siniestros de diferente índole, exceptuándose de los alcances de la presente aquellos comercios dado su naturaleza conlleve la concurrencia masiva de personas, como así también aquellos locales destinados a la nocturnidad contemplados en la Ordenanza Nro. 2.124/08 y su modificatoria.-

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 1° SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Arrecifes, 15 de Diciembre de 2022.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario