Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1520/23
Vicente López, 16/03/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-5276-2022
Visto
El segundo llamado a Licitación Pública Nº 101 dispuesto por Decreto Nº 739/23 por la “PROVISION Y COLOCACION DE GRUPO ELECTROGENO EN EL CENTRO CULTURAL MUNRO”, y
Considerando
Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 386 se ha presentado un único oferente.
Que a fs. 397 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 401 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma Igarreta SACI por un total de $ 14.999.900,00.-
Que según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 404/405, sobre la adjudicación de una Licitación Pública sin elevar dicha propuesta al HCD, en dicho caso no se presentó oferente alguno en el primer llamado y se procedió a un segundo llamado a los mismos fines y efectos, resultando de este una única oferta, se expide manifestando la posibilidad de proceder en este caso a una compra directa, siendo similar a los hechos de las presentes actuaciones.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma IGARRETA SACI., por un monto total de Pesos catorce millones novecientos noventa y nueve mil novecientos ($14.999.900,00), la “PROVISION Y COLOCACION DE GRUPO ELECTROGENO EN EL CENTRO CULTURAL MUNRO”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 401.
Artículo 2º.- La suma de Pesos catorce millones novecientos noventa y nueve mil novecientos ($14.999.900,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-297 obrante a fs. 234.
Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 50% (cincuenta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.
Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Planeamiento y Obras Públicas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Planeamiento y Obras Públicas y Jefatura de Gabinete.
Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Baistrocchi-Botello