Boletines/Vicente López

Decreto Nº1424/23

Decreto Nº 1424/23

Vicente López, 15/03/2023

Referencia: SOL PEDIDO - 3-1245-345

Visto

La Solicitud de Pedido N° 3-1245-345/2023, y;

Considerando

Que a fojas 4 obra informe elaborado por la Directora General de Hospitales de la Secretaría de Salud, del cual surge que el cáncer de mama se ha convertido en la principal causa de carcinoma independientemente del sexo y la edad, siendo la principal causa de muerte relacionada con el cáncer en las mujeres de todo el mundo;

Que la detección precoz de la enfermedad es la mejor herramienta clínica para mejorar tanto el diagnóstico como el pronóstico de las pacientes;

Que diversos ensayos clínicos controlados aleatorios (ECA) han proporcionado pruebas sólidas de que los programas de detección pueden reducir la muerte por cáncer de mama especialmente mediante el uso de la mamografía;

Que a pesar de que la tasa de detección haya aumentado significativamente, aproximadamente un tercio de todas las mujeres que tienen acceso a una mamografía no se hacen las pruebas de detección;

Que se ha comprobado que la incorporación de parches mamarios para la detección temprana de enfermedades mamarias resultan ser un dispositivo médico que permite implementar un curso integral de acciones clínicas sin demoras;

Que dichos dispositivos miden las diferencias de temperatura en la superficie de los senos, utilizando la tecnología de cristal líquido de Welwaze Medical, permitiendo a los médicos identificar las variaciones de forma rápida y sencilla, siendo un método no invasivo e indoloro para las mujeres, aumentando de esta forma las posibilidades de diagnóstico
temprano;

Que entonces, en el marco del Programa de Salud Integral de la Mujer que tiene por objeto la detección precoz y el tratamiento oportuno de enfermedades crónicas no transmisibles cuyo objetivo es evaluar una población de 5000 mujeres entre 35 y 50 años de nuestro municipio, estimando en una primera etapa alcanzar a 2500 pacientes, es que
se propicia la adquisición de estos dispositivos;

Que en ese sentido, se procedió a solicitar al Proveedor N° 4205, Suizo Argentina S.A., empresa que posee exclusividad por ser representante oficial autorizado en el país de PYP Health LLC, un presupuesto para la adquisición de los parches mamarios de la marca CELBREA, los que fueron cotizados en dólares cuarenta y dos con treinta y cinco por unidad (USD 42,35);

Que atendiendo la incidencia de la situación económica actual y dada la continua variación y fluctuación de la moneda local frente a la extranjera (dólar estadounidense), resulta esencial acelerar el proceso de compra de modo tal que no se desvirtúe la oportunidad para el Municipio de brindar este servicio de salud;

Que, asimismo resulta importante destacar que a fojas 3 luce el certificado emitido por PYP Health LLC designando a la empresa Suizo Argentina S.A. como representante y distribuidor exclusivo de los dispositivos médicos CELBREA producidos por Welwaze Meical Inc. en el territorio de la República Argentina, desprendiéndose al propio tiempo, del
informe elaborado por el proveedor obrante a fojas 4 que por sus características tecnológicas y de uso es un producto único no existiendo en la actualidad dispositivo similar en el mercado;

Que a fojas 5 obra informe de la Secretaría de Salud dando cuenta de la necesidad sanitaria de contar de forma inmediata con los dispositivos médicos que nos ocupan;

Que en virtud de lo expuesto, se solicita la adjudicación directa al proveedor Suizo Argentina S.A. en el marco de lo establecido en el Artículo 156 inciso 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por ser la citada firma la empresa que reúne las características técnicas para tal fin;

Que a fojas 9/10 obra la Solicitud de Gastos Nº 0-1905.
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                    DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma Suizo Argentina S.A. en el marco del Artículo 156 inciso 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades la adquisición de 2500 parches mamarios por un total de pesos veintiún millones dieciséis mil doscientos ($21.016.200), siendo dicho monto resultante de la conversión de dólares estadounidenses ciento cinco mil ochocientos setenta y cinco (USD 105.875) a pesos argentinos a la cotización de $ 198,50 por dólar, que serán oportunamente convertidos al valor dólar oficial al momento de la emisión del pago.

Artículo 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con fondos a tomarse de la Jurisdicción 1.1.1.01.40.000 - Categoría programática 54.13- Partida 2.9.5 - Presupuesto de gastos Ejercicio 2023.

Artículo 3º.- Refrendar el presente Decreto las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 4º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, de Compras y Licitaciones y de Tesorería).

 

Artículo 5º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, ARCHIVAR.

Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi