Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1340/23
Vicente López, 10/03/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-4246-2022
Visto
Las presentes actuaciones, el Decreto N° 5884/2022 por el cual se otorgó un subsidio a la entidad 1 KM 1 SONRISA y la nota de fs. 20 presentada por la misma, y;
Considerando
QUE, con posterioridad al otorgamiento del subsidio mencionado, la entidad 1 KM 1 SONRISA presentó una nota (fs. 20) explicando que en razón de haber recibido el mismo habiendo transcurrido la fecha de la " Carrera Panda Raid", saldaron los gastos de la participación en la misma, con fondos propios.
QUE, solicitan se autorice el uso de la suma otorgada para afrontar gastos de la próxima carrera denominada, "Carrera de los 250km del desierto de Perú"
QUE, en atención a la argumentación dada por la entidad, respecto al cambio del destino de los fondos del subsidio otorgado; corresponderá rectificar el Decreto N° 5884/2022 a fin que, en la continuidad del presente trámite, se proceda a la pertinente rendición de cuentas ante la oficina competente.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1°, del Decreto N°5884/2022 en cuanto al destino del subsidio otorgado, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.-- OTORGAR a 1 KM 1 SONRISA un subsidio por la suma de $150.000 (pesos ciento cincuenta mil) destinado a financiar la participación en la "Carrera de los 250 km del Desierto de Perú", incluyendo gastos de inscripción, traslados, estadía, etc; con cargo de oportuna rendición de cuentas conforme lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad, debiendo presentar ante la Dirección de Rendiciones de Cuentas del Municipio las constancias y/o facturas que, expedidas conforme normativa de AFIP, acrediten su inversión en el objeto para el cual fue otorgado."
Artículo 2º.- REFRENDAR el presente decreto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social y el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas.
Artículo 3º.- TOMAR conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, Dirección de Tesorería y la Dirección de Rendiciones de Cuentas), y de Desarrollo Social (Dirección General de Entidades Intermedias).
Artículo 4º.- DAR al registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente ARCHIVAR.
Fdo:Martinez- Del Prete- Alvarez