Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1311/23
Vicente López, 10/03/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-124-2023
Visto
El Llamado a Licitación Privada Nº 24 dispuesto por Decreto Nº 528/23, para la “ADQUISICION DE CUBIERTAS PARA DIRECCION DE ARBOLADO”, y
Considerando
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias DECRETAQue conforme Acta de Apertura obrante a fs. 57 no se ha presentado ningún oferente.
Que en virtud de ello, a fs. 60 la Comisión Ad Hoc aconseja declarar desierta la presente licitación y realizar un segundo llamado.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DECLARAR DESIERTA la Licitación Privada Nº 24, oportunamente dispuesta por Decreto Nº 528/23, en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada Nº 24 a fin de efectuar la “ADQUISICION DE CUBIERTAS PARA DIRECCION DE ARBOLADO”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 5/18 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 24/31.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos seis millones ciento sesenta y nueve mil setecientos veinticuatro ($6.169.724,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos seis mil ciento setenta ($6.170,00).
Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 4/04/23 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y de Servicios Públicos.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo:Martinez- Alvarez- Antiñolo