Boletines/Chascomús

Resolución Nº61/23

Resolución Nº 61/23

Chascomús, 28/02/2023

Visto

El Expediente Electrónico EX-2023-00002084-CHASCOMUS-SSTV#SG, caratulado: “SOLICITUD CAMBIO CONTRIBUYENTE DE LOS BIENES INMUEBLES DENOMINADOS CIRC.II SECC.E CH.126 MZ.11 PC.18, 19 Y 20”, iniciado a nombre de CABRERA Iván Alberto; y

Considerando

Que se presenta el Sr. Iván Alberto CABRERA, DNI:28.493.796, con domicilio en calle Partido de la Costa y Necochea de Chascomús, constituyendo domicilio electrónico en ivancabrera070181@gmail.com, solicitando cambio de contribuyente respecto de las Tasas Municipales en relación a los inmuebles cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcelas 18, 19 y 20, Partidas Inmobiliarias N°16.954, 16.953 y 16.952, respectivamente, del partido de Chascomús (027).

Que acompaña copia del testimonio de la sentencia de fecha 27 de octubre del año 2022, que aprueba la Información Sumaria que tiende a acreditar que Iván Alberto Cabrera, ocupa los inmuebles referidos.

Que la Información Sumaria tramitó por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, en autos: “CABRERA IVAN ALBERTO s/ Información Sumaria”, Expediente N° 42.630-22.

Que adjunta informes de dominios de las mencionadas parcelas, surgiendo como titular registral a nombre de Pombo Boquete Antonio.

Que actualmente, conforme los registros municipales, figura como contribuyente de las tasas de las Partidas Inmobiliarias mencionadas en el primer párrafo, Pombo Antonio, no registrando deuda.

Que en consecuencia, con fecha 16 de enero del año 2.023, se envió nota al Sr. Pombo Antonio, a los efectos de informarle que... “el Sr. Cabrera Iván Alberto ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica de los bienes inmuebles denominados catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcelas 18, 19 y 20, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante”.

Que desde el Área de Catastro nos informan que…” se envió nota al contribuyente, y la misma no fue recibida por la persona que reside en dicho domicilio, haciendo alusión que el Sr. Pombo Antonio (actual contribuyente) falleció y que ella heredó el inmueble…”.

Que en consecuencia de lo expuesto la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta la documentación acompañada por el solicitante y lo informado por la Dirección de Catastro, no habiéndose presentado oposición alguna, como asimismo ninguna documentación que acredite que la Sra. que reside en el inmueble es heredera del actual contribuyente, deberá hacerse lugar al cambio de contribuyente de la Tasas Municipales de los inmuebles identificados con las Partidas Inmobiliarias N°16.954, 16.953 y 16.952, consignándose como tal al Sr. Iván Alberto Cabrera, DNI: 28.493.796, con domicilio en calle Partido de la Costa y Necochea de Chascomús, constituyendo domicilio electrónico en ivancabrera070181@gmail.com.

Por ello, el Señor Subsecretario de Tierras y Urbanismo (Rodolfo Mac Lean) en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.-  Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las Tasas Municipales que gravan a los inmuebles nomenclados catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcelas 18, 19 y 20, Partidas Inmobiliarias N° 16.954, 16.953 y 16.952, respectivamente, del partido de Chascomús (027), requerida por el Sr. CABRERA, Iván Alberto, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales y al peticionante en el domicilio electrónico constituido en ivancabrera070181@gmail.com.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-