Boletines/Chascomús
Resolución Nº 24/23
Chascomús, 06/02/2023
Visto
El EX-2022-00000795 -CHASCOMUS-DCEM#SH caratulado “Barnechea Pablo Daniel s/ Solicitud de autorización para cremación y retiro de cenizas” iniciado por Pablo Daniel Barnechea; y
Considerando
Que, se presenta el Pablo Daniel Barnechea, DNI 30.116.313 constituyendo domicilio electrónico en pablob313@gmail.com solicitando autorización para proceder a cremar y retirar del cementerio Municipal las cenizas de quien en vida fuera su madre: María Cristina BARNECHEA (fallecida el 21/08/2007) inhumada en el espacio identificado como Nicho 388- Orden 3097, 4 fila, Sec D Ampliación Cuenta N° 2000003097-0, cuya titular resulta ser Villa Alicia Raquel, quien desea conservar dicho espacio.
Que se encuentran agregadas las conformidades pertinentes.
Que se ha constatado según registros municipales, que el espacio no poseen deuda al presente, surgiendo como contribuyente del Nicho 388- Orden 3097, 4 fila, Sec D Ampliación Cuenta N° 2000003097-0 la Sra. Villa Alicia Raquel.
Que allí se encuentran inhumados los restos de BARNECHEA María Cristina (fallecida el 21/08/2007), quien resulta ser madre del solicitante conforme los certificados acompañados.
Que, habiéndose acreditado los vínculos invocados, concedidas las autorizaciones pertinentes y presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias, la Dirección de Asuntos ha dictaminado que podrá autorizarse la solicitud efectuada.
Por ello, el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastian Barthe Placenave) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorícese la cremación de los restos de quien en vida fuera: BARNECHEA, María Cristina (fallecida el 21/08/2007), inhumado en el espacio identificado como Nicho 388-Orden 3097, 4ta Fila, Secc. D Ampliación, Cuenta N° 2000003097-0 cuya titular resulta Villa Alicia Raquel, quien conservará el mencionado espacio.-
ARTICULO 2°.- Autorícese posteriormente el retiro de las cenizas del Cementerio municipal al Sr. Pablo Daniel BARNECHEA, DNI 30.116.313.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, y peticionante al domicilio electrónico pablob313@gmail.com.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-