Boletines/Chascomús
Resolución Nº 23/23
Chascomús, 06/02/2023
Visto
El EX-2022-00000817 -CHASCOMUS-DCEM#SH caratulado “Solicitud de cremación de quienes en vida fueran ORIA ARRIETA, Ana Esther, URRUTIBEHEITY, Pedro y URRUTIBEHEITY, Juan Pedro” iniciado por Hugo Domingo Urrutibeheity; y
Considerando
Que, se presenta el Sr. Hugo Domingo Urrutibeheity, DNI 5.215.775 solicitando autorización para proceder a cremar y retirar las cenizas de quien en vida fueran sus padres y hermano, a saber: Pedro URRUTIBEHEITY (fallecido el 18-10-1961), Ana Esther ORIA ARRIETA (fallecida el 18- 04/2001) y Juan Pedro URRUTIBEHEITY (fallecido el 12/01/2013) respectivamente, los que descansan en la Bóveda 157- Orden 301 Cuadro C Ampliación I que pertenece a la Familia Urrutibeheity, conservándola en las mismas condiciones.
Que presta conformidad la Sra. Graciela Pecotche, cónyuge de Juan pedro Urrutibeheity.
Que se ha constatado según registros municipales, que el espacio no posee deuda al presente, surgiendo como contribuyente de la Bóveda 157- Orden 301, Cuadro C Ampliación I, Cuenta N° 4000000301-0 a nombre de Familia Urrutibeheity.
Que allí se encuentran inhumados los restos de Urrutibeheity Pedro, (fallecido el 10/10/1961), padre del solicitante, Ana Esther Oria Arrieta (fallecida 18-04- 2011) madre del solicitante y Juan Pedro Urrutibeheity (fallecido 12/01/2013), hermano del peticionante, conforme los certificados acompañados.
Que, habiéndose acreditado los vínculos invocados, concedida la autorización pertinente y presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias, la Dirección de Asuntos ha dictaminado que podrá autorizarse la solicitud efectuada.
Por ello, el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastian Barthe Placenave) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorícese la cremación de los restos de quien en vida fueran: URRUTIBEHEITY, Pedro (fallecido el 10/10/1961), ORIA ARRIETA, Ana Esther (fallecida el 18/04/2011) y URRUTIBEHEITY, Juan Pedro (fallecido el 12/01/2013), inhumados en el espacio identificado como Bóveda 157 Orden 301, Cuadro C, Ampliación I, Cuenta N° 4000000301-0 cuya titularidad corresponde a la Familia Urrutibeheity, quien conservará el mencionado espacio.-
ARTICULO 2°.- Autorícese posteriormente el retiro de las cenizas del Cementerio municipal al Sr. Hugo Domingo URRUTIBEHEITY, DNI 5.215.775.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, y peticionante.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-